Dispónese la adhesión de la Municipalidad de La Plata, al régimen dispuesto por los Artículos 1° y 2° de la Ley Provincial 13.280 con las adecuaciones y modificaciones que se establecen en la presente Ordenanza.
Confórmase la Comisión Especial de Estudio y Determinación de la “Tarifa Estructural” y la “Tarifa de Interés Social” para el servicio de Provisión del Agua Potable en el Partido de La Plata.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer, por donde corresponda, de los medios materiales y humanos, a efectos de contribuir a la restauración del Teatro “La Nona” de nuestra ciudad.
Derógase los Incisos 2 y 3 del Artículo 1°, el _ Capítulo II y los Artículos 8°, 9° 10° y 11° y el Capítulo II y los Artículos 12°, 13°, 14°, 15° y 16° de la Ordenanza 8795.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a publicar en forma bimestral la nómina de los cien (100) mayores deudores morosos de las tasas municipales que componen la Ordenanza Fiscal e Impositiva y de los cien (100) mayores deudores morosos de créditos del Banco Municipal de La Plata, existentes a la fecha de la publicación respectiva, en forma conjunta.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por el Sr. Teódulo Domínguez de una bandera nacional, la que será erigida en la plaza Castells de Villa Elisa, sita en Camino Parque Centenario y calle 51.