En la organización política tanto Nacional como Provincial, el Régimen Municipal tiene rango constitucional y en consecuencia el Gobierno Comunal está conformado por un Departamento Ejecutivo, ejercido unipersonalmente por un ciudadano con el título de Intendente y por un cuerpo colegiado llamado Concejo Deliberante que está compuesto por un número determinado por la ley de ciudadanos según la cantidad de habitantes con el título de Concejales. Tanto el Intendente como los Concejales son elegidos en el mismo acto eleccionario, siendo sus mandatos por 4 años, renovándose el Concejo Deliberante por mitades cada dos años. Al solo efecto ilustrativo debemos consignar que en sus orígenes, nuestro Municipio funcionaba de conformidad con las normativas vigentes, hasta que con fecha 16 de marzo de 1886, se sanciona la Ley Orgánica de las Municipalidades y su correspondiente Decreto Reglamentario. Entonces, La Plata tuvo la posibilidad de elegir por primera vez a sus autoridades. Sin embargo y dado que fue imposible que la misma se constituyera el 1º de julio de 1886, como lo establecía la reglamentación referida, el Poder Ejecutivo Provincial intervino designando un Comisionado que se mantuvo hasta 1891. Como las autoridades electas en 1886 nunca llegaron a constituirse, la 1º Municipalidad Platense recién se formalizó el 1º de enero de 1891, habiendo sido electas las mismas el 30 de noviembre de 1890. De ahí en más y con sucesivas e innumerables remociones y autoridades vueltas a elegir, llegamos a nuestros días.
