Condónase a la Fundación Tiflos, con matrícula de entidades civiles N° 10260 de fecha 25 de marzo de 1991, legajo administrativo N° 55.872, la deuda generada por la Tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a la Partida N° 42307, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Exímese a los emprendimientos alcanzados por la Ley N° 13.342 de la Provincia de Buenos Aires de abonar las tasas enunciadas en los incisos 1), 4), 5), 6) y 14), Secretaría de Economía, del Artículo 13°, Derechos de Oficina, Título Octavo, de la Ordenanza Impositiva N° 8753.
Prorrógase el plazo establecido en el artículo 3° de la Ordenanza N°10001, aun cuando hubiera vencido con anticipación, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la publicación de la presente.
Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 10009 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1”. Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar un canje de semovientes entre el Zoológico de la Jungla del Parque Irtra Petapa y el Jardín Zoológico de La Plata; El Zoológico de la Jungla del Parque lIrtra Petapa entregará: Mono Araña (Ateles geoffroyi). El Jardín Zoológico de La Plata entregará: Flamenco austral ( Phoenicopterus chilensis).