Convalídase el Decreto N° 1648/06 del Departamento Ejecutivo dictado el 30 de octubre de 2006, que fija el precio de la entrada al Jardín Zoológico local y determina los ingresantes al predio con obligación de pago.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a adherir a la Ley 13.298 de la Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño, de la Provincia de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario N° 300/05.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a enajenar a título oneroso, el inmueble identificado catastralmente como: Circ. IX, Sección P, Manzana 43, Parcela 1, matrícula N°. 99760 del Barrio San Antonio de la ciudad de La Plata, con una superficie total de 2.630,91 m2 a favor de los señores RAMONA MARECOS VILLAMAYOR, D.N.I. 93.081.208; CATALINO AYALA MIRANDA, D.N.I. 93.151.100; CATALINA MARECOS VILLAMAYOR, D.N.I. 93.060.604; URSINO MARECOS VILLAMAYOR, D.N.I. 93.563.744 y ESTELA TEOFILA CASTILLO GONZALEZ, D.N.I. 93.080.097, por un monto total de $ 52.618,20 (pesos cincuenta y dos mil seiscientos dieciocho con veinte centavos) pagaderos $10.000.- al contado y el saldo en sesenta cuotas mensuales, iguales y consecutivas. (Valor de tasación para la venta determinado por la Dirección de Coordinación de Catastro fs. 23 del Expte. 4061-38315/04).
Apruébase el Convenio oportunamente suscripto con el Organismo Nacional de Administración de Bienes dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, cuyos alcances y condicionamientos se encuentran estipulados en el Convenio que como Anexo pasa a formar parte de la presente.
Condónase al Club Unión Vecinal de La Plata, la deuda generada por la tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a las Partidas N° 20878 y N° 20892, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase al Centro de Fomento y Cultura Circunvalación, Biblioteca Popular Nicolás Avellaneda, la deuda generada por la tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a las Partidas N° 139041, 139042, 139043 y 127900, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase a la Asociación Civil Taller Protegido La Plata, la deuda generada por la Tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a la Partida N° 51971, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase al Ranchomóvil Club Argentino La Plata, la deuda generada por la diferencia de Tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a la Partida N° 32612, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase al Centro de Investigación y Tratamiento Integral para Dependientes de Alcohol y Drogas (C.I.T.I.D.A.D.), Matrícula N° 6552 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, la deuda generada por la Tasa por los Servicios Urbanos Municipales, correspondiente a las Partidas N° 24463/0001 y N° 24463/0002, hasta la fecha de promulgación de la presente.