Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con el señor Juan Enrique Medina, D.N.I. 13.560.633, por la suma total de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 2.620.-) en concepto reparación económica por los daños ocasionados por la caída de un árbol sobre el vehículo automotor de su propiedad, marca Volkswagen Gol 1.6, 3 puertas “Dublín”, año 2000, patente DDS 664, cuyos antecedentes obran en las actuaciones N* 4061-97136/06.
Eximase a la Asociación Civil Hogar de la Madre Tres Veces Admirable del pago de los importes establecidos por la Ordenanza N° 4783, que integran el Fondo Benéfico de Rifas, correspondientes a la promoción, comercialización, distribución y venta de una rifa destinada a solventar sus gastos de funcionamiento, cuyo detalle de premios y de fechas de sorteo se detallan en el Anexo de la presente.
Establécese la reformulación de los legajos del personal municipal cesanteados por razones injustificadas durante el período 1976-1983 y se consigne la cesantía en cada caso particular, previo estudio de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
Otórguese con carácter gratuito y a perpetuidad la sepultura en tierra de los restos de Silvia Noemí Giménez, desaparecida durante la última Dictadura Cívico Militar, ubicada en la Secc. 8, Sepultura 273 del Cementerio Municipal.
Modifícase el inciso b) del Articulo 104% CLASIFICACIÓN, LIMITACIONES Y REQUISITOS EN PARTICULAR DEL USO EQUIPAMAMIENTO de la Ordenanza 9231-, Requisitos y Limitaciones: donde dice 200 metros radiales, debe decir 120 metros radiales.