Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar una Prueba Piloto de Ciento Ochenta (180) días, que consistirá en establecer como manos únicas de circulación las calles paralelas comprendidas entre el Camino centenario y la calle 15 a ó Sarmiento, de las Diagonales 91 ó 19 de Noviembre, 92 ó 25 de Mayo y 93 ó 9 de Julio y manteniendo el doble sentido de circulación en las Diagonales 3 o Jorge Bell y 4 0 J.J. Urquiza, según el plano que se adjunta como parte de la presente.-
Modificase a partir del 1° de octubre, la escala de módulos para el Personal de Planta Permanente del Concejo Deliberante, conforme se establece en el Anexo I que forma parte de la presente.
Fíjase en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS ( $ 334.464.132.-), el Presupuesto de Gastos de la Administración Central para el Ejercicio 2008, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma pasa a formar parte integrante de la presente, formando parte del mismo las planillas de Créditos Globales y las planillas del Presupuesto de Gastos Consolidado, y la correspondiente a lo establecido en el Art. 3 de la Ley 13295, y del Concejo Deliberante, todo ello de conformidad con el siguiente detalle: (se adjunta el detalle del Presupuesto)
Establécese el siguiente cuadro tarifario para el servicio de coches taxímetros, el que tendrá vigencia a partir de la cero (0) horas del día 20 de diciembre de 2007:
Desaféctase de la ZONA DE ESPARCIMIENTO EJZE -Estadio Ciudad de La Plata- a las parcelas designadas catastralmente como: Circunscripción lI, Sección G, Quinta 123, Parcelas 1, 4, 1A.
La presente Ordenanza regula la localización, traslado, transferencia y habilitación de la actividad comercial en el partido de La Plata, de comercios minoristas de comestibles y artículos asociados para las categorías: supermercados, autoservicios, almacenes con autoselección de productos y comercios integrales, en todo lo que no resulte incompatible con la Ley Nacional Nº 11.867 -Transmisión de establecimientos comerciales e industriales-.
Dónase a los actuales ocupantes, quienes resultarán los futuros titulares de dominio de los bienes a regularizar dominialmente, cuya nómina se encuentra agregada como Anexo I de la presente, los inmuebles descriptos catastralmente en dicho Anexo. En caso de modificarse el estado ocupacional al momento de efectuarse la escritura traslativa de dominio, se considerará beneficiario por imperio de la presente, el que resultase de esta última constatación (art. 3° Ord. 9724).
El Departamento Ejecutivo podrá incorporar, a su plantel, personas adictas recuperadas, provenientes de instituciones públicas o privadas reconocidas oficialmente, a fin de cubrir las vacantes que se registraren en las distintas áreas municipales.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar un canje de semovientes entre el Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires y el Jardín Zoológico de La Plata, de acuerdo con el siguiente detalle: e Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires entrega: 1-1-0 Tucán (Ramphastos swansonii) * Jardín Zoológico de La Plata entrega: 1-1-0 Guacamayo escarlata (Ara macao)
Autorizase al Departamento Ejecutivo, a través del Señor Intendente Municipal Dr. Julio César Alak, a proponer ACUERDO DE HERMANAMIENTO con UDALBILTZA (Asamblea de Municipios y Cargos Electos Municipales de Euaskai Herria) a través de su Presidente Julián Eizmendi Zinkunegi, a fin de impulsar la Amistad, Solidaridad, Cooperación, Capacitación, Intercambio de Información Turística, Deportiva, Política y Social entre ambos pueblos, conforme los principios establecidos en el Anexo I de la presente.-