Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 9253/01, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la donación del inmueble de dominio municipal ubicado en la calle 64 y 66 entre la calle 208 y la Parcela Rural 3156e de la localidad de Lisandro Olmos, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción X, Sección G, Fracción VI, Parcela 3, según Anexo l de la presente, a beneficio de la Entidad Liga Sur de Fútbol Infantil-LISFI- Personería Jurídica N° 1/31424.»
Incorpórase el Artículo 2° bis a la Ordenanza N° 9118, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 2 Bis: La Dirección de Entidades y Colectividades cursará invitaciones a las instituciones reconocidas por la Municipalidad de La Plata y a las Universidades locales durante el mes de noviembre para que propongan a una candidata por entidad, las que serán recepcionadas en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante, hasta el último día hábil del mes de febrero.”
El personal municipal que desempeña tareas de atención a los contribuyentes y/o público en general, deberá portar obligatoriamente una identificación visible donde conste su nombre y apellido y la función que revista.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la donación a favor del Arzobispado de La Plata, del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección L, Manzana 850, Parcela 7, cuya superficie es 150 metros cuadrados.
Apruébase la Licitación Pública N° 6/2001, por la que se efectuó el llamado para la contratación de los "Servicios de recolección de residuos, barrido y limpieza de la vía pública, mantenimiento y limpieza de espacios verdes y servicios relacionados", para el Partido de La Plata.
Autorízase al Centro Cultural “Bivongesi", al emplazamiento de un monumento en el Parque Castelli, en la intersección de las calles 25 y 65 a 30,00 metros del cordón, según plano y croquis que como Anexo I y I1 forman parte de la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar un Convenio de uso precario, al predio ubicado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección AA, Quinta 3, Manzana 3d, Parcela 1, Partida N° 169.923, Inscripto en la Matrícula N° 174.206 , según Anexo l de la presente, a la Fundación Rumbos, Delegación la Plata, Personería Jurídica N“841, para la construcción de una Casa de Día, destinada a la contención y recreación de los integrantes de la tercera edad.
El Departamento Ejecutivo, deberá en un plazo de seis (6) meses de promulgada la presente Ordenanza, efectuar un relevamiento a través de ONG y monitoreado por la UNLP mediante el organismo competente, de los asentamientos irregulares de la Ciudad de La Plata, tipificándolos en precarios, de transición o consolidados.
Autorízase al Departamento ejecutivo a efectuar la donación, a favor de la Parroquia Nuestra Señora de Lourdes, de 130 metros cuadrados de adoquines de 10cm. por 10cm.