Incorpórase dentro de la zona U/RE2 de la Ordenanza Nº 8644/96, al sector comprendido por las calles 501, 505, 131 y 133 de la localidad de Hernandez, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción III. Sección A, Chacra 32, Parcela 2.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a colocar una placa en el domicilio de la calle 5 rsquina 59, sobre el frente de la Comisaría 9º, cuyo texto es: "1993 -17 de Agosto-2000, EN ESTA COMISARIA MIGUEL FUE SECUESTRADO, TORTURADO, ASESINADO Y DESAPARECIDO. A 7 AÑOS SEGUIMOS PREGUNTANDO ¿DONDE ESTA MIGUEL? EXIGIMOS JUSTICIA, BASTA DE IMPUNIDAD. Comisión de Familiares, Amigos y Compañeros de Miguel Bru."
Otórgase una reserva de estacionamiento, sin cargo, para el ascenso y descenso de los alumnos, a la Escuela Nº 53 lubicada en la calle 8 Nº 1911, entre 71 y 72, en la puerta de ingreso y con una extensión de quince (15) metros.-
La publicidad en el Partido de La Plata, deberá respetar los valores patrimoniales y de preservación, ecológica, arquitectónica y urbana que forma parte de los principios fundamentales de la capital de la Provincia de Buenos Aires.
Normas aplicables a la instalación, autorización, funcionamiento y seguridad en estaciones de servicio de vehículos para el expendio de combustibles líquidos, gas natural comprimido o mixtas en el Partido de La Plata.-
Apruébase el llamado a Licitación Pública para la concesión de un Sistema de Control de Estacionamiento Permitido y Prohibido, en la zona especial de control determinada por la Ordenanza 8280 y de la Obra Pública de Construcción de Playas de Estacionamiento Subterráneo, con la consiguiente Operación y explotación por parte de la concesionaria, adjudicándose la concesión a la firma VICTORIO AMERICO GUALTIERI S.A.- MARLE CONSTRUCCIONES S.A.- QUIL S.A.- TECNO ACCION $.A.- UTE (Oferta Nº 2), en los términos y con los alcances del Pliego de Bases y Condiciones que rigió el llamado a licitación y a la oferta formulada por dicha firma.-
Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 8644 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º: La presente Ordenanza, la ley 11459 y su Decreto Reglamentario serán de aplicación en lo pertinente, para la radicación territorial, ampliación, habilitación y funcionamiento de todos los establecimientos y depósitos industriales instalados o que se instalen en el Partido de La Plata. Todo requerimiento de localización para la categorización y/o instalación de establecimientos y depósitos industriales será remitido a la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos AÁtres, en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley 11459.”
Designase con el nombre de Domingo Mercante a la rambla de la Avenida 60 entre las calles 143 y 146 bis y rambla interna del barrio sobre calles 143 a 143 bis de 57 a 59 bis y de 145 bis a 146 de 58 a 59 bis del Barrio Obrero de Los Homos.