Prohíbese en el ámbito del Partido de La Plata, la realización de cualquier tipo de propaganda oficial pagada con fondos públicos en cualquier medio de difusión en el período de veda electoral correspondiente a la fecha de un comicio nacional, provincial o municipal.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada, por particulares, con destino a la Dirección del Zoológico, de los semovientes que a continuación se detallan: (se adjunta el detalle de los animales donados)
Agrégase a la Ordenanza N° 4495 el siguiente artículo:
"Artículo 40 bis: Cuando se confeccionen planos de obra o de mensura de inmuebles que formen esquina, sean parcelas urbanas o rurales, chacras, quintas, manzanas o fracciones según la denominación “ catastral correspondiente, deberán formarse ochavas en las condiciones que se determinan en los artículos 38°, 39° y 40°” de la presente Ordenanza”.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con el Señor Julio Argentino Mazza, C.F. 5.169.246 y la Señora Alice Elda Martínez de Mazza, D.N.I 3.154.328, por los daños ocasionados al vehículo de su propiedad marca RENAULT 19 RT, modelo 1993, Patente SXY 770, por la suma de pesos DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 2.250), atento a las consdieracione sobrantes en las actuaciones del Expediente N° 4061-8240/97
Agrégase al Artículo 65°, inc. a) del Título XI de la Ordenanza Fiscal N° 8753, el apartado 2.5, el que quedará redactado de la siguiente manera: "2. 5-: En caso de existir obligaciones pendientes de pago, que correspondan a los conceptos eximidos, la deuda quedará automáticamente condonada a partir de la fecha que los beneficiarios demuestren haberse acogido al beneficio de su jubilación o pensión”
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con los Señores GLADYS MENNA VDA. DE ALANIZ, ALEJANDRO Y SILVIA ALANIZ por los daños ocasionados en el vehículo de su propiedad Volkswagen, Patente 2.410.566, por la suma de PESOS SETENCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 775), atento a las consideraciones obrantes en las actuaciones del Expeidnete N° 4061-12151/98
Créase la SUBVENCION MUNICIPAL, para apoyo al desarrollo y evolución de las BIBLIOTECAS POPULARES, consistente en la asignación de una mensualidad cuyo monto será equivalente a un sueldo básico inicial, actualizado, de un Docente Municipal, perteneciente a la Dirección de Educación de la Municipalidad de La Plata.
Agrégase al Artículo 65°, del Título XI de la Ordenanza Fiscal N° 8753, el inciso q) redactado de la siguiente manera:
q) De la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias y de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a los Talleres Protegidos de Producción definidos en el Decreto Provincial N° 1149/90 Reglamentario de la Ley Provincial N° 10592"