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Ordenanza n° 9127 de 2000

Queda prohibida en el Partido de La Plata, la actividad de cuidadores de coches en la vía pública, rentada o gratuita, en todas sus formas y bajo cualquier denominación que se utilizare (como por ejemplo: cuidador de autos, cuidacoches, ayudantes, estacionadores o lavacoches).

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9023 de 1999

Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos AIres, de acuerdo con las cláusulas establecidas en el Anexo I, que pasan a formar parte de la presente.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9128 de 2000

Autorízase al Departamento Ejecutivo a extender el plazo fijado por la Ordenanza Nº 9104, para prorrogar la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de La Plata, a las Empresas que se encuentran actualmente prestando el mismo hasta el 31 de agosto de 2000, fecha a partir de la cual deberá comenzar a implementarse el cambio del sistema, conforme a los resultados de la Licitación Pública Nº 1/99. Ratificando en plenitud las atribuciones propias del Municipio de La Plata, para normar en todo lo atinente al
Servicio Público de Transporte a la relación existente con los concesionarios del mismo, conforme lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades. El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Transporte, deberá elevar cada treinta (30) días, a partir de la sanción de la presente, un informe escrito y pormenorizado que contendrá detalles de la evolución del tema. La omisión por parte del funcionario designado será considerada falta en los términos de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9129 de 2000

Autorízase al Banco Municipal de La Plata a realizar la Séptima Emisión de Obligaciones Negociables, Ordinarias, Simples, Escriturales, no convertibles, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES (US$S 13.000.000), en dos series: MODALIDADES DE EMISIÓN: La primera de ellas, a denominarse SERIE A, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES (US$S 6.000.000), a un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días, con un servicio único de amortización del capital al final del plazo. Los períodos de intereses serán de ciento veinte (120) días cada uno, excepto el último que tendrá una duración de ciento veinticinco (125) días. La tasa de interés será del nueve por ciento (9%) nominal anual. La segunda de ellas, a denominarse SERIE B, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (US$S 7.000.000), a idéntico plazo y condiciones que la anterior, excepto por la tasa de interés, la cual se fijará en el momento de decidirse su lanzamiento. OBJETO: La Séptima Emisión de Obligaciones Negociables SERIE A tiene por objeto cumplir con las exigencias de la Comunicación “A” 2886 del BCRA del 29/03/99, referida a la obligación de las entidades financieras de efectuar una emisión y colocación de deuda anual por un monto no menor al dos por ciento (2%) de los depósitos que las mismas poseen.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9027 de 1999

Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con la Asociación Civil sin fines de lucro "CASA ABIERTA MARIA PUEBLO", reconocida por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas por Resolución N° 2382, a través del cual la Municipalidad de La Plata se compromete a hacerse cargo de los gastos de alquiler, administración y servicios que afronta dicha entidad.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9130 de 2000

Autorizase al Departamento Ejecutivo a concertar con la Provincia de Buenos Aires un préstamo por la suma de DOLARES ESTADOUNI-
DENSES TRESCIENTOS MIL (US$S 300.000). El monto del préstamo quedará determinado según el resultado que arroje cualquiera de los medios elegidos para la selección de los contratistas, según las normas vigentes y esté autorizado por la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal (P.F.M.), no pudiendo superar el setenta y cinco por ciento (75%) del monto del proyecto.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9031 de 1999

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1999 el vencimiento de las habilitaciones de los vehículos afectados al servicio de Transporte Escolar, que caducaron el 31 de diciembre de 1998, que hayan cumplido con el ciclo escolar 1998 y cuyos titulares cumplan con todas las normas legales vigentes.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9131 de 2000

Autorizase al Departamento Ejecutivo a tomar el préstamo de hasta la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL
($1.422.000), en un todo de acuerdo con lo estipulado en el convenio a suscribir con el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) que como Anexo forma parte de la presente. Déjase establecido que por ordenanza ampliatoria de la presente, el monto arriba indicado será ajustado de acuerdo con el monto final que surja de la licitación pública internacional a los fines de la contratación de la obra.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9132 de 2000

Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar en concepto de interés compensatorio sobre el monto del capital Pesos Tres Mil Quinientos ($3500) por el período 03/03/95 y hasta el día de su efectivo pago, la suma resultante de la liquidación que practicará la Contaduría General en virtud de la vigencia de la Ordenanza Nº8623/96 mediante la cual se procediera a expropiar un inmuebles al Sr. Alvarez Ricardo Alberto L.E. 5195551 (Expedientes Nº 4061-89292/92 y 4061-38057/94).-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 9133 de 2000

Prohíbase el estacionamiento en la calle 14 en su intersección con la Avenida 44, sobre la mano de los números impares, en una extensión de treinta (30) metros a partir de la línea de edificación hacia calle 43.-

Concejo Deliberante

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