Autorízase al D.E para contratar con la Compañía Argentina de Electricidad, ad referéndum del H. Concejo Deliberante, el servicio del alumbrado público del camino pavimentado de La Plata a Avellaneda y el de los adyacentes a los núcleos de población dentro de los límites de este Municipio.
Exonérase del pago de los derechos establecidos por el rubro "construcciones" de la Ordenanza General de Impuestos, a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, por la ampliación del edificio que la misma posee en la calle 46 entre 6 y 7 de esta ciudad.
Apruébase el convenio que corre a fs. 15 y 16 del Exp. C. 1482 de 1926, celebrado entre el Intendente Municipal señor Antonio Schifino y el señor Administrador del Patronato Provincial de Menores, don Francisco Legarra, sobre suministro de corriente eléctrica para el alumbrado público de Abasto.
Deróganse los artículos 5, 6 y 7 de la Ordenanza nº 42 de 1924, agregándose el siguiente como artículo quinto: "Art. 5º. Se faculta al D.E para anticipar la suma que requiere la construcción de la obra y pago del personal técnico, debiendo limitarse por este año a disponer de la suma que determina el inciso 64 del presupuesto vigente".
Autorízase al D.E a invertir hasta la suma de tres mil quinientos pesos moneda nacional en el arreglo de la Plaza Máximo Paz, y en la construcción de las veredas diagonales de mosaico en la misma.
El D.E procederá al arreglo del camino Rivadavia, llenando sus baches y nivelando sus irregularidades con piedra molida, arena, conchilla u otro material que estime conveniente.
Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza 137 de noviembre 4 de 1898, en la siguiente forma: "Los dueños de tambo quedan obligados a reunir en el Corralón de Limpieza todos sus animales en la fecha que determina la Inspección Veterinaria, para proceder a su tuberculización, siendo de cuenta de la Municipalidad, la alimentación de los mismos".