Amplíase la fracción de tierra del Cementerio local otorgada por Ordenanza Nº 104/27, modificada por Ordenanza 3607/68, para la inhumación de los restos de aquellos que formaron parte de la Colectividad Israelita, destinándose a tal efecto la fracción lindera a la misma conforme a Plano Adjunto, que pasa a formar parte de la presente como Anexo I, cuya extensión y superficie será determinada por el Departamento Ejecutivo.-
Suspéndase por el termino de ciento veinte (120) días corridos la iniciación de trámites de: a) Habilitación de agencias de remisses. b) Habilitación y registración de vehículos y conductores, regladas por la Ordenanza 8370.-
Prorrógase por treinta (30) dias lo dispuesto en las Ordenanzas Nº 8297. Nº 8416 y Nº8458 con todas las caracteristicas contenidas en las mismas, permitiéndose durante este lapso el ingreso en forma condicional de carpetas de obra sin el certificado provincial de revalúo, el que deberá ser adjuntado en el plazo que el Departamento Ejecutivo reglamente.-
Compénsase en la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS, el exceso producido en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1994 del Ente de Administración del Parque Industrial La Plata en las partidas que se detallan.-
Compénsase en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y OCHO CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS el exceso producido en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1994 del Mercado Regional La Plata en las partidas que se detallan: