Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar las donaciones de las obras de iluminación a vapor de mercurio efectuadas a favor de la Municipalidad, por los siguientes consorcios vecinales: Calle 526 de 116 a 117 expte. 2198-I-157/74 y agregado 89400/73; calle Sarmiento entre Camino Gral. Belgrano y Rivadavia de Gonnet expte. 2197-I-156/74 y agregado 47201/69; calle 10 entre 72 y 73 expte. 2199-I-158/74 y agregado 02594/74; respectivamente.
Condónase la deuda que por el año 1973 mantiene el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sector G; Manzana 549; Parcela 3; Partida 10.666, propiedad de la Asociación La Plata del Personal Jerárquico y Profesional de la Secretaría de Estado de Comunicaciones, en concepto de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.
Designase con el nombre de Atilio Boveri a la plazoleta ubicada frente a la casa del desaparecido artista, en el cruce de las calles Atilio Boveri y 18 de la localidad de Gonnet, Partido de La Plata.
Condónase la deuda que por los años 1972 y 1973,mantienen los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción I,Sección F,Manzana 455;Parcela 45 y Circunscripción VI;Parcela 485 respectivamente, propies dad del Sindicato/Obrero de la Industria del Vestido y Afines.-
Concedese a perpetuidad a la Comisión Popular "Dr. JUSTO S. LABORDE", el lote de tierra identificado como Lote Especial C. Nº 133 del Cementerio General, para guardar los restos del médico filántropo Dr. Justo S. Laborde.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar mediante sistema de pago diferido, de conformidad a lo establecido en el artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la ejecución de la obra "Nichos para restos reducidos", comprometiendo en el Ejercicio 1974 hasta la suma de $525.000.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar mediante sistema de pago diferido, de conformidad a lo establecido en el artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la ejecución de la obra "Iluminación Calle 15 y Diagonal 9 de Julio - City Bell", comprometiendo en el Ejercicio 1974 hasta la suma de $230.000,00.-
Déjase establecido que la tarifa para siete seccionados (veinte y dos Km.) de los servicios de transporte colectivo de pasajeros para el Partido de La Plata, aprobado por Ordenanza 3931, es de pesos UNO CON CINCUENTA ($1,50).
Amplíase en la suma de DIECISÉIS MIL PESOS ($16.000), el crédito de la Partida de Gastos del Presupuesto Vigente del Concejo Deliberante - Capítulo I, Inciso 29, apartado A, Item 19, Partida 6 "COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES".-