Desaféctase del AREA COMPLEMENTARIA-ZONA RESERVA URBANAC/RU a la parcela designada Catastralmente como: Circunscripción IX, Parcela 2710 d, Partida Inmobiliaria N* 129964, ubicada entre las calles 79 a 81 bis y de 141 a 143.
La Municipalidad de La Plata, para aquellos propietarios de terrenos ubicados dentro del Partido que se encuentren alcanzados por los requisitos señalados en el Capítulo II de la presente, dispondrá de legajos de viviendas a construir de hasta 75 m² y comprendidas en las categorías C, D, o E de las Planillas de Reajuste Inmobiliario de Catastro Provincial Ley 5738.
Condónase al Círculo Laziale la deuda generada por la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (S.U.M.) y Contribución Especial por Pavimento correspondiente al inmueble de su propiedad con Partida 336295, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase a la Asociación de Fomento Edilicio Mayo y Biblioteca Popular Adolfo Alsina, el cincuenta por ciento (50%) de la deuda generada por la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (S.U.M.) y Contribución Especial por Pavimento, correspondiente a inmueble de su propiedad con Partida 36328 hasta la fecha de promulgación de la presente.
Otórguese una reserva de espacio para estacionamiento de Transportes Escolares a la Escuela número 33" Juan M, Ortiz de Rosas sito en calle 8 esquina 38, en una longitud de diez (10) metros, sobre la puerta principal del establecimiento y frente a ésta.
Otórgase una reserva de espacio para estacionamiento de Transporte de Escolares a la Escuela número 84, sita en la calle 7 entre 75 y 76, en una longitud de veinte (20) metros, frente al acceso de la escuela.
Fíjase el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2010 en la suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO ($560.808.524.-), de conformidad al detalle obrante de fojas 8 a fojas 105 del expediente N? 4061-072279/09 y que forma parte de la presente Ordenanza. CONCEJO DELIBERANTE 14.075.545 DEPARTAMENTO EJECUTIVO 546.732.979 TOTAL ADMINISTRACION CENTRAL 560.808.524
Adhiérase la Municipalidad de La Plata a lo establecido en el Título IV de la Ley N* 14062 - Presupuesto General Ejercicio 2010 de la Provincia de Buenos Aires-.
Condónase al Club Social Cultural y Deportivo For Ever el ochenta por ciento (80%) de la deuda generada por la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (S.U.M.) por las Partidas 055-025464 y 055-025466 hasta la fecha de promulgación de la presente.