Autorízase a la ONG “Feria Artesanal, Cultural y Manualista Parque Saavedra" (P.J. 28.274) a que por el término de dos (2) años tome a su cargo el funcionamiento de la feria artesanal que se emplaza en el predio referido los fines de semana y feriados.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a colocar dos (2) placas recordatorias con motivo de haberse cumplido los cien años de la sanción de la Ley N° 9143 -Ley Palacios- por la cual se logra la primera ley tendiente a proteger a las víctimas de trata sexual.
Institúyase el Premio "Pedro B. Palacios (Almafuerte)", consistente en una medalla que será otorgada al alumno que egrese del ciclo secundario de cada una de las Escuelas Provinciales, Nacionales, Privadas y de la Universidad Nacional del Partido de La Plata, que haya merecido el más alto concepto por su contacción al estudio, durante el ciclo mencionado.-
Adhiérase la Municipalidad de La Plata a lo establecido en el Decreto Provincial N° 259/12, que reformula las condiciones de los servicios de la deuda oportunamente incluidas en el “Programa Provincial de Desendeudamiento de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires” aprobado por el Decreto Provincial N° 1316/10.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por el señor Juan José ESTEVEZ, correspondientes a los elementos que se detallan en el Anexo I, de la presente Ordenanza, con destino al centro Cultural Pasaje Dardo Rocha, dependiente de la Coordinación del Pasaje Dardo Rocha, (Secretaría de Política Social).-
Acéptase la donación efectuada por las señoritas PATRICIA AMOREO, LAURA ROMERO Y ROSSANA POLERI, consistente en una estufa de cuarzo vertical modelo V 88 marca Real, 220 V, 50 Hz, 1200 W, con destino a la escuela Taller Municipal de Arte del Pasaje Dardo Rocha.-
Fíjase el sueldo Básico para el Personal dependiente del Departamento Ejecutivo - Administración Central (excluido el Personal Docente) - escalafonado en la Categoría 2 correspondiente al Coeficiente 1,0000 a partir del 1º de Noviembre de1992 en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA ($140,00).-
Fíjase a partir del 19 de Noviembre de 1992 el sueldo básico para el personal dependiente del Concejo Deliberante, escalafonado en la categoría S-15, Nivel Salarial 21 correspondiente al módulo 1,000 en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00.-).
Créanse dos cargos funcionales Políticos denominados: Prosecretario Legislativo y Prosecretario Administrativo, en el ámbito del Concejo Deliberante — Presidencia-.-