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Ordenanza n° 4182 de 1975

Otórgase a partir del 1° de junio de 1975 al personal que presta servicios en la Administración del Mercado Regional de La Plata un incremento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones en todos sus rubros con excepción del salario familiar, vigentes al 31 de mayo de 1975.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4181 de 1975

Créase en el Cálculo de Recursos del Banco Municipal de La Plata, por la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS ($ 438.234) la siguiente partida: SECCION 1 - Ingresos Corrientes SECTOR 2 - de otras Jurisdicciones RUBRO 3 - Otros Ingresos SUB-RUBRO 1 - Subvenciones Provinciales APARTADO 6 - Subsidio Provincial Incremento Salarial Junio-Diciembre/75 $ 438.234,00

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4180 de 1975

Otórgase, a partir del 1° de junio de 1975, al personal que presta servicios en la Municipalidad de La Plata un incremento equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las remuneraciones en todos sus rubros, con excepción del Salario Familiar, vigentes al 31 de mayo de 1975.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4179 de 1975

Agrégase al artículo 11°, de la Ordenanza 3485, en su parte final, el siguiente texto: "..... queda terminantemente prohibido ocupar la vía pública con instalación de escaparates incluídos aquéllos dedicados a la venta de diarios y revistas, en la acera que circunda la Terminal de Omnibus de la Municipalidad de La Plata.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4178 de 1975

Agrégase como artículo 4° de la Ordenanza 4173, el siguiente: "Artículo 4°.- Además de las sanciones que establece las normas vigentes, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ordenanza, motivará la aplicación a las empresas responsables, de una multa equivalente al mínimo que establezca la Ley Orgánica de las Municipalidades, por ocho y por infracción. En caso de reincidencia, se aplicará arresto de hasta treinta (30) días, al titular o titulares de la Empresa concesionaria y Gerente de la misma. De producirse nueva reincidencia, la sanción será la caducidad de la concesión otorgada".-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4177 de 1975

El Departamento Ejecutivo procederá a realizar una verificación contable en las siguientes empresas de transporte:

Expreso City Bell S.R.L. (línea 503)
Autobús Dardo Rocha S.A. de Transporte (línea 506)

Nueve de Julio S.A. de Transporte (línea 508)
Línea 18 S.R.L. (línea 518)

Flecha de Oro S.R.L. (línea 520)
19 de Noviembre CIFITASA (línea 561)

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4176 de 1975

Modifícase el recorrido del ramal "A" de la Empresa Línea 518 en la zona de M.B. Gonnet en la siguiente forma:

a) De su punto terminal calle 501 y 17, por esta a 502, a 19, a 501, a Camino General Belgrano, a 508, a Camino Centenario a su recorrido habitual.

b) Regreso por Camino Centenario a 508, a Camino General Belgrano a 501 a 19, a 502, a 17 a 501, cabecera terminal.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4175 de 1975

Modifícase el artículo 2052 de la Ordenanza 3001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4174 de 1975

Establécese que las líneas de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción comunal deberán efectuar paradas en todas las esquinas, en jurisdicción del Partido de La Plata, durante todo el día.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4173 de 1975

Establécese para el Partido de La Plata el siguiente cuadro tarifario para el servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros:

Concejo Deliberante

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