Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación efectuada por la Fundación Ciudad de La Plata, con destino al Museo Internacional de Muñecos de la República de los Niños, de las piezas que a continuación se describen:
Desígnase con el nombre “PLAZA QUINTAS DE ALVEAR” al espacio verde delimitado por las calles 456 a 457 de 24 a 27 de la localidad de City Bell, Partido de La Plata, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción VI, Sección V, Fracción ll, Parcela 1 Partida 381372/0000.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a adherir a la Ley Provincial n° 13810 mediante la cual el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adhirió al “Régimen Nacional de Iniciativa Privada” y al “Régimen Nacional de Avocación Publica Privada” aprobados por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional n” 966 y n* 967 de agosto de 2005.
Autorízase al Señor Raúl Daniel Zucchini DNI 12.238.318 a la colocación de una especie arbórea y una placa recordatoria en la rambla de la Avenida 7 y la intersección de la calle 529.
Créase el Centro de Atención Primaria de la Salud N 44, en el inmueble sito en calle 59 y 154 de la localidad de Los Hornos, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción 2, Sección P, Código. 6, Quinta 290, Manzana 290 F, Parcela N 9999 dependiente de la Secretaría de Salud y Medicina Social.
Autorizase al Centro Mutualista de Suboficiales y Agentes Retirados de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (CEMURPO) y al Movimiento por la Dignidad del Personal Policial (MODIPO)-a colocar dos placas de 40 x 20 cms. en el monumento a los Caídos en Cumplimiento del Deber, ubicado en la Plaza Bernardino Rivadavia, sobre calle 2 entre 51 y 53
Autorízase al Departamento Ejecutivo a colocar una placa en plaza San Martín sobre el nivel de vereda, ubicada en el sector oeste de la misma, en la intersección de la Avenida 7 y 50, con la siguiente leyenda "Recuperación del patrimonio municipal. 1er. surtidor de combustible de la ciudad de La Plata que data de 1916. Se agradece a Pedro Díaz e Hijos el cuidado del patrimonio de la ciudad. Intendente Dr. Pablo Bruera. 19 de noviembre de 2009”.
Sustitúyase en el Artículo 1% de la Ordenanza 9259/01 el párrafo donde dice: “calle 12 desde 72 hasta 80: Doble sentido de circulación”, por el siguiente texto: “Calle 12 entre la Avenida 72 y la calle 80 sentido descendente (SE — NOY”
Condónase a la Asociación Cooperadora del Hospital de Niños Sor María Ludovica la deuda generada por la Tasa de Seguridad e Higiene con Legajo N* 6446/09, hasta la fecha de promulgación de la presente.
Condónase a la Comisión Vecinal La Cumbre la deuda generada por la Tasa de Servicios Urbanos Municipales (S.U.M.) por las Partidas 121626, 121627, 121628, 121629 y 121630 hasta la fecha de promulgación de la presente.