Créase, con carácter provisorio y experimental durante 180 días, el Ramal Escuela 75, de la Empresa de Transporte "19 de Noviembre" Línea 561, el que cumplirá el siguiente recorrido: IDA: De Avda. 520 y 161, por calle 161 a 514, por ésta a 159, a 501, a 155 hasta acceso al Frigorífico de Gorina. VUELTA: Desde Frigorífico de Gorina retornará al mismo recorrido en sentido inverso hasta Avda. 520, continuando su servicio habitual.
Fíjase, a partir del 1º de junio de 1975, los siguientes coeficientes, para determinar la remuneración del personal de la Administración Central que a continuación se detalla, sobre el número índice que se establece por el artículo 4º.- Intendente 750 Secretario 600 Subsecretario 500 Asesor Gral. 450 Director 425 Sec. Priv. 425 Delegado 273 Subdelegado 250
Autorízase, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el pago del gasto especial a favor de la Casa Osácar, por el importe de $ 125.000.- (CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS), relacionado con el servicio fúnebre contratado directamente con la Casa Osácar, de fecha 16 de julio de 1975, con motivo del fallecimiento del ex Intendente Municipal, don Ruben A. Cortier y del ex Director de Tránsito, don Manuel Luján Balverde, ocurrido el día 14 de julio de 1975 y cuyos restos fueron velados en el Palacio Municipal.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 134 de la Ley Orgánica de las Municipalidades a la adjudicación de la obra "Repavimentación calle 32 de 137 a 146" a la firma PAICO S.A. por un monto de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 3.555.612,80) único oferente de la licitación pública de fecha 30/6/75, según constancias obrantes en el expediente 4061-31.860/75.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar mediante sistema de pago diferido, de conformidad a lo establecido en el artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la ejecución de la obra "Repavimentación y Remodelación de la Diagonal 79 de 6 y 54 a 61 y 115", comprometiendo en el Ejercicio 1975 hasta la suma de $ 8.000.000.-
Hágase extensivo al personal del Matadero Municipal de Abasto los incrementos salariales otorgados al personal municipal mediante Ordenanza 4180 y 4190.-
Amplíase el Cálculo de Recursos del Banco Municipal de La Plata, por la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($ 674.388,00), la siguiente partida: SECCION 1 - Ingresos Corrientes SECTOR 2 - De otras jurisdicciones RUBRO 3 - Otros Ingresos SUB-RUBRO 1 - Subvenciones Provinciales APARTADO 6 - Subsidio Provincial Incremento Salarial junio - diciembre/75. $ 674.388,00
Establécese para el Partido de La Plata, el siguiente cuadro tarifario para el servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros:
a).- TARIFA DE LUNES A VIERNES: De tres a ocho horas y de dieciocho a veinte horas ........................$ 3,50 De ocho a dieciocho horas ..............$ 5,00
b).- TARIFA DE DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FERIADOS: De tres a veinte horas .................$ 5,00
c).- TARIFA NOCTURNA A APLICAR TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA: De veinte a tres horas .................$ 6,50
Otórgase, a partir del 1° de junio de 1975, al personal que presta servicios en la Administración del Mercado Regional de La Plata un incremento equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las remuneraciones en todos sus rubros, con excepción del Salario Familiar, vigentes al 31 de mayo de 1975, complementario del establecido por Ordenanza n° 4182.-