Dáse aprobación al proyecto de ampliación de cañerías de aguas corrientes, para las calles de Progreso de Ostende a Propaganda, Trieste de Industria a Perseverancia, Propaganda de Resistencia a Perseverancia y de Guayaquil a Nueva Callao, Guayaquil de Orden a Libertad y Nueva Callao de Habana de Asunción de la localidad de Berisso, de acuerdo al plano que obra a fojas 16 del expediente letra M, número 307, año 1937 del Ministerio de Obras Públicas.
Declárase adherida a la Municipalidad de La Plata, a los beneficios que instituye la Ley número 6.199 del "Fondo Permanente de Pavimentación Municipal".-
Apruebase el proyecto de pavimentación de las calles 42 entre 11 y Arana, calle 11 entre 42 y Arana, calle 12 entre 42 y Arana, preparado por el Ingeniero Oscar Grimaux.-
A partir de la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza, la erección de mástiles en calles y ramblas, se efectuará unicamente previa autorización por Ordenanza Especial.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a invertir la suma de DOS MILLONES DE PEsosS ($ 2,000,000,00 MONEDA NACIONAL, para concurrir con ella a la financiación de la obra de pavimentación de la calle 72 entre 131 y 137 que ejecuta la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y cuyo ensanche en 2,50 mts. a ambos lados sobre el de 7 mts, proyectado hasta totalizar 18 mts., demanda una inversión de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS MONEDA NACIONAL ($ 3,881.162,97 m/n,) del que participa, la Dirección de Vialidad en el remanente de UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS MONEDA NACIONAL ($ 1,881.162,97 m/n,) y el que pudiera producirse por mayores costos.-
Dase aprobación al proyecto de ampliación de cañerías de aguas corrientes para las calles 27 de 48 a 5048 de 20 a 28, y 49 de 26 a 28 de esta ciudad, de acuerdo al plano que obra a fojas 3 del expediente letra V, número 78, año 1936, del Ministerio de Obras Públicas.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta por subasta pública de 4.275 bolsas de arpillera acumuladas en las dependencias municipales, y que forman los expedientes 78249 y 78415 del año 1958.-
El D.E, en uso de sus propias facultades y para el cumplimiento de la Ley Nacional 114 º3 queda encargado de su aplicación y vigilancia de la mencionada Ley, en el radio de este partido, así como de las disposiciones que la reglamenten, a cuyo efeto intervendrá en todas las propiedades públicas y privadas.