Otórgase una Reserva de Espacío para estacionamiento al Centro Recreativo Especializado para Díscapacitados "CRECER", sito en Diagonal 74 nº 1450, en una extensión de diez (10) metros, frente al número del citado organismos, con la modalidad de estacionamiento a 45º, destinado al ascenso y descenso de personas que asistan al mismo.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder gratuitamente a e la instalaciones del Coliseo Podestá, a los efectos de realizar la actuación programada por la AMNISTIA INTERNACIONAL, para el día jueves 21 de mayo de 1992.-
Encomiéndase al Departamento Ejecutivo a través de su organismo de competencia, la instauración de medidas de prevención gráfica en todas las Salas Sanitarias del área Municipal del Partido de La Plata, tendientes a evitar accidentes por contagio de enfermedades derivadas del tratamiento y manipulación de pacientes y material sanitario por parte de su personal, tanto profesional como no profesional.-
La Municipalidad del Partido de la Plata se adhiere a la Ley 10592, Régimen Básico e Integral para las personas discapacitadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25º de la citada norma.-
La Municipalidad de La Plata, otorgará anualmente una medalla de plata y diploma alusivo a personalidades de nuestro medio que se destaquen en el ámbito de la cultura el deporte, las artes, las ciencias, así como menciones especiales cuando circunstancias exepcionales así lo recomienden.-