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Ordenanza n° 4370 de 1976

Convalídase ei Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Agrimensor Luis Eduardo Zuñiga, L.B. N° 1.119.596, que obra a fojas0 del expediente 4061-41994/75.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4369 de 1976

Convalidanse los Contratos de Locación de Servicios celebrados entre el Departamento Ejecutivo y los Ingenieros Civiles Luis José Massoño, L.B. Nº 5.140.121, que obra a fojas 2 del expediente 4051-40856/75 y Oscar Luis Ciafardo, L.B. Nº 5.118.016 que obra a fojas 2 del expediente 4051-40857/75.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4368 de 1976

Se declara a las actividades caracterizadas como stud afines cono de Uso No Conforme dentro de les zona definidas por el Decreto N° 8278/69 como urbanas, suburbanas, residenciales extraurbanas, de reserva para barrios intégreies de viviendas y de esparcimiento. Se exceptúa expresamente el área comprendida por les instalaciones del actual Hipódromo. -

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4367 de 1976

odificanse los erticvlos 4°, 5°, 8 y 10° dela Ordenanza núnero 3908, los que quedarén redactados de la siguiente forma:
"ARTICUIO 4°.- Las deudas que surjan como consecuencia de --
--los prorrateos que para el caso se realicen,--
podrán ser abonadas a plagos, en cuotas mensuales consecutivas que devengardn un interés anual igual al que resulte depromediar el que para financiar obras públicas municipales--
establezcan el Banco de la Provincia de Duenos Aires y la Ca
ja Nacional de Ahorro y Seguros, interés que deberá ser reajustado automáticamente de acuerdo a las variaciones que establezcan las instituciones citadas y se aplicará sobre losseldos deudores, determinando las cuotas que se consignan --
dentro de la siguiente escala:
Deudas haste 20.000. anortizables en cuotas de $880.-
de 20.001 haste 30.000.- anortizables en cuctas de 3 1.105.-
de 30.001 hasta 40.000.- amortizebles en cuotas de 1.383.-
de 40.001 haste 50.000.- amortizables en cuotes de 1.642.-
de 50.001 hasta 70.000.- amortizables en cuotas de $ 1.809.-
de 70.001 haste 90.000.- amortizables en cuotas de 2.362.-
de 90.001 hasta 120.000.-аmоrtizables en cuotas de 2.962.-
de 120.000 en adelante amortizables en cuotas de 3 3.823.-
El Departamento Ejecutivo ajustará las cuotas
establecidas para la escala precedente, por año calendario, conforme al Indice de precios de la construcción que determine el Instituto Nacional de Estadisticas y Censos, pudiendo -
ampliar la escala cuando los montos de los recuperos por fren
tista así lo aconsejen.
El monto inicial de la deuda no sufrirá modificaciones, disminuyéndose el número de cuotas conforme resul
te de la relaciőn entre el saldo adeudado y el valor actualizado de la cuota.
"ARTICULO 5°.- Las cuotas mensuales determinadas en el articu
lo anterior, deberán ser pagadas por los res-- ponsables dentro de los quince (15) días posteriores al mes--
que corresponda y vencido dicho plazo surgirá sin necesidad -
de interpelación alguna la obligación de abonar juntamente --
con aquellas, los intereses punitorios que fije anualmente la Ordenanza Fiscal, sin perjuicio de la multa que la misma esta blezca."
"ARTICULO 8°.- La Comuna podrá compeler al pago inmediatamente después de efectuada la recepción proviso--
ria de la obra y anteriormente en la medida que esta se fuere habilitando, previo catastro económico-financiero de las partes habilitadas, debiendo efectuarse el reajuste definitivo
a la terminación de la obra."
"ARTICULO 108- La presente Ordenanza será de aplicación a las
obras de pavimentación, repavimentación e iluminación que a la fecha de su promulgación se encuentren pen- dientes de c cobro y que el mismo no haya tenido principio de ejecución."

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4366 de 1976

Apruébese la siguiente Ordenanza para la aplicación del nuevo régimen sancionatorio para transgresiones a las disposiciones sobre construcción y/o reconstrucción de cercos y veredas previstas en la Ordenanza 3001/63 y sus modificatorias, (Código de Construcciones para el Partido de La Plata).-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4365 de 1976

Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder al llamado a licitación pública para adjudicar la concesión de la explotación del Matadero Municipal de Abasto, mediente/ el Pliego de Bases y Condiciones y Planillas Anexas que obran a fojas 3/32 del expediente 4061-61548/76, rubricadas por las Secretaria de Asuntos Municipales, con las modificaciones aconsejadas por el Señor Asesor General de Gobierno en el dictamen de fojas 38/38 vta. del citado expediente.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4364 de 1976

Implantase a partir de1 1/1/1917 el régimen de actualización de deudas y créditos tributarios, adoptándose en su totalidad
lo establecido en la Ordenanza General N° 178.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4363 de 1976

Se incorpora como articulo 8° bis de la Ordenanza Nº 4332 al siguiente "Las multas establecidas con motivo de la aplicación de esta Ordenanza se elevarán al doble cuando las infracciones sean cometidas por los profesionales del volante, con motivo o en ocasión de su trabajo profesional".

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4362 de 1976

Créaselа Сomisión Municipal de Box, dependiente orgánicamente de ls División Deportes de la Dirección de Sanidad de la Municipalidad de La Plata.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4361 de 1976

Ampliase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE (5 54.468.177.-) la partida del Cálculo de Recursos Vigente que a continuación se detalla:
SECCION 1 - INGRESOS CORRIENTES
SECTOR 2 - DE OTRAS JURISDICCIONES
RUBRO 1 - PARTICIPACION EN DPUESTOS NACIONALESX
PROVINCIALES
Sub-Kubro 2 - Régimen de Coparticipación Ley 7872 54.468.177.-

Concejo Deliberante

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