Colóquense focos de luz eléctrica, en las siguientes calles: 523 y 9; 522 y 10; 522 y 11; 22 y 512; 23 y 511; 524 y 8; 524 y 9; 524 y 10; 5 bis entre 519 y 520; 526 y 8; 523 y 8: 523 y 9; 523 y 10 de Villa Rivera.-
Todo emprendimiento de tipo industrial, comercial o de servicios a ejecutarse en el ámbito de este Municipio, deberá otorgar prioridad a la contratación de personal, en un porcentaje del setenta por ciento (70%) a los trabajadores residentes en la Región Capital.
Colóquense focos de luz eléctrica en las siguientes calles:134 y 48; 134 y 46; 133 y 46; 133 y 47; 132 y 46; 132 y 47 de la zona de la Estación Gambier.-
Colóquense dos focos de luz eléctrica, en las calles 118 de 60 a 63, en el camino pasaje existente entre las facultades de Medicina Veterinaria y la de Agronomía de esta Ciudad.-
Autorízase al D.E. a invertir hasta la suma de TRES MIL PESOS moneda nacional, para la construcción de un refugio con techo de dos aguas, abierto en ambos costados, con asientos de cementos, para peatones, de las siguientes dimensiones: 2 metro de alto por dos metros de ancho y tres metros de largo, en la intersección de las calles 13 y 32.-