El Departamento Ejecutivo procederá a iniciar los estudios y las obras necesarias para realizar el ensanche de la Avenida 13 desde la Avenida 72 hasta la calle 90, que deberá ser ejecutado en dos (2) tramos cuya secuencia es la que se describe a continuación: 1°. De calle 72 a 80 2°. De calle 80 a 90
Autorízase al Departamento a realizar un convenio con el gobierno de la Provincia de Buenos destinado a lograr el traspaso a la jurisdicción de la Municipalidad de La Plata del edificio central donde funcionaba la Estación Ferroviaria Meridiano V.
Apruébase el Cálculo de Recursos, planilla analítica de Sueldos Individuales, planilla analítica de retribuciones globales, presupuesto de gastos y planilla analítica de Créditos Globalñes del Departamento Ejecutivo de la Administración Central y del Mercado Regional de La Plata, de acuerdo al detalle que figura en las planillas obrantes a fojas 9/58 del Expediente N° 4061-009812/84 y que forman parte de la presente Ordenanza.-
Ratificase en todos sus términos el Convenio suscripto oportunamente con la Universidad Nacional de La Plata, en virtud de la vigencia de la Ordenanza 9471.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio con las Fundaciones CEPA y Universidad de Belgrano por el cual se obliga a cumplimentar el Proyecto de Ecología Urbana aplicado al estudio del Sistema Urbano Pampeano que comprende entre otros al Municipio de La Plata, y que como anexo 1° forma parte integrante de la presente.-
Autorízase al Departamento Ejecutivo prorrogar por el término de 5 (cinco) años la concesión de uso de los bienes identificados en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 8989/98 otorgada al "Club de Rugby Los Tilos".
Ratificase en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación suscripto oportunamente entre la Municipalidad de La Plata y la Comisión de Investigaciones Científica de la Provincia de Buenos Aires (C.I.C), que como Anexo | pasa a formar parte de la presente.
Apruébase la denominación de la calle de la localidad de Gonnet como calle 490 (Papint) en el sector comprendido entre el Camino Centenario hasta la calle 30 y su posible apertura posterior hacia Ruta 36, tal como se consigna en el plano complementario, Anexo I, que forma parte de la presente.
El departamento ejecutivo procederá a remesar al Banco Municipal de La Plata los fondos que gire el Tesoro de la Provincia con destino a su capitalización, en forma inmediata, sea que ingrese en su totalidad o parcialmente. Sin perjuicio de ello, se hará saber al mencionado Banco el ingreso de las sumas en el patrimonio municipal no bien se produzca el mismo, cuyas cantidades, dado el crédito que ésto significa, no serán afectados a ningún otro rubro durante la pendencia del mismo.-