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Ordenanza n° 1138 de 1948

Autorízase con carácter precario a don Emilio Abrile a construir un kiosko a ubicarse a 20 metros de la Avenida Iraola y a 8 metros de la prolongación de la calle 55 (según plano de ubicación), destinado a Laboratorio Fotográfico, con sujeción a lo que establecen las Ordenanzas y Reglamentaciones vigentes.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1137 de 1948

Desígnase con el nombre de Florencio SANCHEZ a la diagonal 75 de esta ciudad.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1136 de 1948

Acuérdase por una sola vez la cantidad de UN MIL PESOS moneda nacional, al ex-empleado de la Comuna Dn. Ignacio Oscar WITEMBURG a fin de solventar los gastos que demanden en parte su larga enfermedad agravada en el desempeño de sus funciones.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1135 de 1948

Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 599 en la siguiente forma: "Artículo 1º: En los avisos de balances mensuales de Tesorería y licitaciones ordenados por el H.C Deliberante o por el Departamento Ejecutivo se aplicará la siguiente tarifa máxima: DIEZ PESOS moneda nacional por centímetro de columna y por cada publicación en los diarios de primera categoria y CINCO PESOS moneda nacional en los de segunda. Dicha tarifa se calculará sobre la base de la partida que se fije anualmente el presupuesto de Gastos para publicaciones".-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1134 de 1948

Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 973, en la siguiene forma: "Artículo 1º: Concédese autorización a los señores CARLOS ENNIO PIERINI y ANDRES ANGEL GALONE, para instalar en las aceras y plazas del municipio columnas en forma de prisma cuadrangularm de dos metros de altura y sesenta centrimetros de lado de base, iluminadas por dentro para efectuar publicidad y a fin de explotar por el término de cinco años, con opción a cinco años mas los servicios de la misma, entendiéndose que esta concesión no tiene caracter de exclusividad, y el número de las columnas no deberán exceder de 75. Ademas los concesionarios deberán proceder a la colocación de las mismas dentro del plazo de un año a contar de la promulgación de la presente ordenanza y no podrán ubicar una cantidad mayor de dos por cada plaza y una por cada cuadra."

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1133 de 1948

Autorízase la colocación de focos de luz eléctrica en las siguientes calles de Villa Elisa; 51 y 10; 53 y 10; 44 y 11; 11 y 42; 10 y 43; 8 y 47; 8 51; 56 y 11; 45 y 10; 15 y 48; 50 y 17 y 15 y 51; un foco en 57 entre vía Temperley y vía Quilmes a 250 metros de distancia de la primera vía.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1132 de 1948

Autorízase la colocación de focos de luz eléctrica en las siguientes calles: 45 y 132; 40 y 132; 40 y 28; 41 y 28; 29 y 132; 42 y 28; 28 y 133; 43 y 29; 44 y 29; 45 y 29; 46 y 28; 46 y 30; 47 y 28; 47 y 30 y 28 y 11.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1131 de 1948

Colóquese foco de luz eléctrica en la intersección de las calles 73 y 115.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1130 de 1948

Autorízase la colocación de cinco focos de luz eléctrica , en el interior del camino de acceso a la "Quema de Basuras", calle 32 y 126.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 1129 de 1948

Autorízase la coloación de tres focos de luz eléctrica, en la calle 45 con intersección a las calles 35; 36 y 37.-

Concejo Deliberante

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