- AR AGMLP CD-or-1949_1690_VMB
- Unidad documental
- 1949-09-02
Parte deConcejo Deliberante
Procédase a la colocación de un foco de luz eléctrica en la mitad de cuadra de la calle 1 entre 65 y 66 de ésta ciudad,
Concejo Deliberante
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Parte deConcejo Deliberante
Procédase a la colocación de un foco de luz eléctrica en la mitad de cuadra de la calle 1 entre 65 y 66 de ésta ciudad,
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Procédase a la colocación de un foco de luz eléctrica en mitad de cuadra de la calle 5,entre 70 y 71 de esta ciudad.
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Concédese gratuitamente al Instituto Hermanas de la Sagrada Familia de Nazareth el lote de terreno número 8 de la sección N, del Cementerio Local, destinado a la construcción de un panteón.-
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Autorízase al D.E. para disponer, por intermedio de las Oficinas respectivas de la Dirección de Obras Públicas, la confección de planos y planillas destinados a los expedientillos de construcción correspondientes a obras particulares.-
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Autorízase la colocación de focos de luz eléctrica en la intersección de las calles 27 y 73 y 27 y 74.-
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Autorízase al D.E. para la colocación de focos de luz eléctrica en la intersección de las calles 11 y 18; 11 y 24; 12 y 21; 12 y 22; 12 y 23; 12 y 24; 12 y 25; 13 y 23; 13 y 24 y 503 y 12, de la localidad de Manuel B. Gonnet.-
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Colóquense focos de luz eléctrica en la intersección de las calles 26 y 38; 27 y 38 y 27 y 39, del barrio "La Loma".-
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Colóquense 30 focos de luz eléctrica en el interior del Cementerio Local.-
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Amplíase el artículo 2º de la Ordenanza número 818 el que queda redactado en la siguiente forma: (La Plata, Ensenada, Berisso, Gonnet y Villa Elisa, City Bell, Ringuelet).-
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El adquiriente de una sepultura a perpetuidad, está obligado a construir la vereda reglamentaria dentro de los CIENTO OCHENTA DIAS (180), de acordada la tierra, de acuerdo a la línea y nivel que le fije el Departamento de Obras Públicas.-
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