Modifícanse los artículos 2º, 5º y 8º del Decreto - Ordenanza 2908, 3º de la Ordenanza 3203, 19 inciso 1º apartado a) de la Ordenanza General de Contribuciones 3264 y 2º de la Ordenanza 2577, por las siguientes disposiciones: (se adjunta el detalle de las modificaciones)
Facúltase al D.E. a depositar en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Instituto Nacional de Previsión Social de la Secretaría de Trabajo y Previsión la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS CON SESENTA CENTAVOS, como pertenecientes a los causa habientes del ex-empleado de la Comuna Don.ELEONORO TOMIELLO.-
Autorízase al D.E. a depositar en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Instituto Nacional de Previsión Social de la Secretaría de Trabajo y Previsión la suma de TRESCIENTOS SESENTA PESOS MONEDA NACIONAL,como complemento de la indemización correspondiente a los causa habientes del ex-empleado Municipal Don CECILIO LATTARO.-
El Sueldo Anual Complementario a acordarse al personal de la Comuna incluso camineros rastreadores,camineros en consorcio con Vialidad y fiscalizadores de cines y teatros, consistirá en un mes de sueldo, para el que se tomará como base; el de diciembre y siempre que tengan una antiguedad no menor de tres meses.-
Autorizase al D.E. para hacer efectivo el pago de PESOS DOSCIENTOS MONEDA NACIONAL, mensuales a la Señora ANGELA NAYA VDA. del ex-empleado municipal don VALENTIN Z, PIÑERO, a partir del mes de julio ppdo. hasta diciembre del año en curso.-
Modifícase el inciso c) del artículo 392 del Código de Construcciones para el Partido de La Platas Decreto Ordenanza 3001, el que quedará redactado de la siguiente forma: "En los locales que almacenen substancias fácilmente inflamables además del servicio de incendio determinado por el inciso anterior, se colocará un avisador de incendio, cuadro indicador y un timbre de alarma en la portería o en la puerta de calle. Se consideran como substancias fácilmente inflamables los géneros, papeles, maderas, hidrocarburos y demás materias análogas. En los locales que expendan hidrocarburos (naftas, bencinas, solventes, kerosene, etc). se colocarán los mismos elementos enumerados en el párrafo anterior."
Facúltase al D. E. a abonar a la firma "Feder" la suma de CINCO MIL CIEN PESOS ($5.100.00) MONEDA NACIONAL por el ajuste general de dos máquinas minerva marca "Victoria", incluyendo gastos de flete y acarreo.-
Concédese gratuitamente un nicho reducido a perpetuidad en el lugar del Cementerio que el D.E. fije para depositar en el mismo los restos del ex-concejal D. Juan B. Melzi.-
Autorizase al Departamento Ejecutivo a ampliar el crédito de las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente: (se adjunta el detalle de las partidas)