Amplíase el alcance de la Ordenanza N° 10.333, incorporando como Anexo ll, el que pasa a formar parte de la presente, la nómina complementaria actualizada de los ocupantes de las tierras que por dicha norma se los donara, según actuaciones obrantes en los Exptes. N° 4061-10.385/11; 4061-10.386/11; 4061-10.387/11; 4061-10.388/11 y 4061-8.898/11.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a conceder el uso provisorio con carácter precario un sector de la rambla central ubicada en la Avenida 72 entre las calles 3 y 4 a la Asociación Civil Complejo de Tejo de la Tercera Edad “Fausto López”, Personería Jurídica Legajo N° 114.127.
Desaféctase de la zona CRU, según lo establecido en la Ordenanza 10703/10 de regulación del Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo para el Partido de La Plata, a las parcelas identificadas con la nomenclatura catastral Circunscripción lI, Sección F, Chacra 268, Parcelas 4 y 5, Partidas Inmobiliarias 72.129 (055) y 72.120 (55), ubicadas entre las calles 56 a 58 y entre las calles 163 a 165 de la localidad de Los Hornos, partido de La Plata.
Desaféctase de la zona RRI, según lo establecido en la Ordenanza 10703/10 de regulación del Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo para el Partido de La Plata, a la parcela identificada con la Nomenclatura Catastral: Circunscripción llI, Sección F, Chacra 312, Parcela 1b, Partida Inmobiliaria 355.647 (55), ubicada en calle 183 de calle 69 a 72 de la localidad de Los Hornos, Partido de La Plata.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273 inc. 3 del Código Tributario Municipal al Jardín maternal Pie Pequeño, destinado al ascenso y descenso de personas, ubicado en calle 1 N° 344 entre las calles 528bis y 529, en una extensión de diez (10) metros, en correspondencia con el frente del edificio.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273 inc. 3 del Código Tributario Municipal al Hogar para discapacitados ITATI, destinado al ascenso y descenso de personas con capacidades físicas diferentes y con movilidad reducida, ubicado en calle 2 N° 470 entre las calles 41 y 42, en una extensión de seis (6) metros, en correspondencia con el frente del edificio.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273 inc. 3 del Código Tributario Municipal al Jardín La Reina Batata, destinado al ascenso y descenso de personas, ubicado en Diagonal 73 N° 2668 entre las calles 22 y 23, en una extensión de diez (10) metros, en correspondencia con el frente del edificio.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273° inc. 3 del Código Tributario Municipal al Jardín Maternal Arco lris, destinado al ascenso y descenso de personas, ubicado en calle 45 N° 1084 entre las calles 16 y 17, en una extensión de diez (10) metros, en correspondencia con el frente del edificio.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273° inc. 3 del Código Tributario Municipal al Jardín Maternal Aire Libre, destinado al ascenso y descenso de niños, ubicado en calle 8 N° 525 entre las calles 42 y 43, en una extensión de diez (10) metros, en correspondencia con el frente del edificio.
Otórgase un (1) espacio con cargo, de acuerdo al artículo 273° inc. 3 del Código Tributario Municipal al Jardín Maternal La Cueva del Osofete, destinado al ascenso y descenso de niños, ubicado en calle 16 N° 929 entre las calles 50 y 51, en una extensión de diez (10) metros, en correspondencia con el frente del edificio.