Declárase de utilidad pública, conforme a lo establecido en el artículo 9º del Decreto - Ordenanza 2138 (Ordenanza General de Pavimentación), la pavimentación de las calles 134 de 58 a 60 y 58 entre 133 y 134.
A partir de la promulgación de la presente Ordenanza quedan eximidos de gravamen los inmuebles cuyo dominio se encuentre inscripto en el Registro de la Propiedad a nombre de agrupaciones políticas con personería jurídica, cuyos extremos deberán acreditarse debidamente.-
Créase la Administración General de Transporte de la Municipalidad de La Plata, la que se regirá por las normas orgánicas y reglamentarias aprobadas en el decreto dictado por el D.E. con fecha 27 de Agosto ppdo. en el Expediente letra A/598/948 y ratificadpor el H.C Deliberante en el expediente letra I/309/948.-
Autorízase la colocación de focos de luz eléctrica a mitad de cuadra de las calles que se mencionan: 70 de 12 , a 17; Diagonal 78, de 11 a 12; 9, de 59 a 60 de esta ciudad.-
Modificase el artículo 105 del Código de Construcciones para el Partido de La Plata, Decreto - Ordenanza nº 3001, el que quedará redactado de la siguiente forma: (se adjunta el detalle del artículo reformado)
Autorizase al Departamento Ejecutivo a entregar en donación a Escuelas Primarias Comunales y Jardines de Infantes de la Provincia de Buenos Aires, ubicadas en zonas rurales y suburbanas del partido de La Plata, las estufas que han sido retiradas de las dependencias del Departamento Ejecutivo, al ser reemplazadas por el nuevo sistema de calefacción.
Declárase de utilidad pública, conforme a lo establecido por el artículo 9º del Decreto - Ordenanza 2138 (Ordenanza General de Pavimentación), la pavimentación de la calle 526 entre 116 y 117.
Concédese a título gratuito y a perpetuidad un nicho del "Panteón Público Municipal", destinado a guardar los restos reducidos de don Luis María Berro.