Autorizar al Departamento Ejecutivo la implementación con carácter experimental de un área peatonal y estacionamiento interno comprendido por las siguientes calles: Calle 8 de 47 a 50 (exclusivamente peatonal) Calle 48 de Avda. 7 a calle 9 (este sector incluirá áreas de estacionamiento intensivo) y áreas peatonales calle 8 de 45 a 47 (estacionamiento intensivo).
El Departamento Ejecutivo imprimirá, en las boletas de pago de las tasas municipales, los datos relativos a horario de atención, números telefónicos y lugar de emplazamiento de las oficinas respectivas de las siguientes dependencias municipales: a) Oficina de Reclamos, Quejas y Requerimientos vecinales. b) Dirección de Tránsito. c) Guardias de Alumbrado Público y Semáforos. d) Juzgados de Faltas. e) Delegaciones Municipales. f) Dirección de Espacios Verdes. g) Dirección de Conservación y Limpieza. h) Unidades Sanitarias.
Fíjase el Sueldo Básico para el personal dependiente del Departamento Ejecutivo - Administración Central (excluido Personal Docente) - escalafonado en la Categoría 2 correspondiente al coeficiente 1,0000 a partir del 1º de septiembre de 1990 en la suma de AUSTRALAS SEISCIENTOS NOVENTA MIL (A 690.000.-).
Fíjase a partir del 10 de setiembre de 1990 el sueldo para el personal dependiente del Concejo Deliberante, comprendi- do en su planta permanente y personal contratado asimilado al mismo, - escalafonado en la Categoría S-15 Nivel 21 correspondiente al módulo 1,0000 en la suma de AUSTRALES SEISCIENTOS NOVENTA MIL (A 690.000.--).
Ratificase el Convenio suscripto por el señor Intendente Municipal con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo estipulado en los Anexos I y II, que forman parte de la pre- sente Ordenanza.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con la Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires; Colegio de Arquitectos, Distrito I; de Ingenieros, Distrito V; de Técnicos Distrito IV, de acuerdo al ANEXO I, que forma parte de la presente.
Ratifícase la Carta de Intención suscripta por el Departamento Ejecutivo con la Dirección Ejecutiva de Servicio provincial de Agua Petable y Saneamiente Rural (s.,P.A.R,), de acuerdo al Anexo I que ferma parte integrante de la presente Ordenanza.