Concédese por una sola vez la suma de TRESCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL, a la Asociación Cooperadora de la Escuela número 83, para la adquisición de ropas, zapatillas y guardapolvos, para ser distribuida entre los niños pobres que concurren a dicha Escuela.-
Colóquense focos de luz eléctrica en las calles: Cabrera y 14; Cabrera y 16; 15 y 44; y 15 y 45; de la localidad de Villa Elisa. Calle Pellegrini y Sarmiento de City Bell.
A partir de los SESENTA DIAS de la promulgación de la presente Ordenanza, declárase obligatoria la desinfección de toda clase de habitaciones o casas, sean estas de uso particular o negocio de cualquier naturaleza y que estarán sujetas a la siguiente reglamentación:
Autorízase al Señor Presidente del H. C. Deliberante a invertir hasta la suma de NOVECIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL, para la adquisición de una pierna ortopédica la que será donada al joven JUAN CARLOS VEDIA.-
Autorízase al Señor Presidente del H. Concejo Deliberante a invertir hasta la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL ( $ 250.00 m/n.), para la adquisición de un premio el que será donado a la Sociedad de Fomento de Tolosa.
Concédase por una sola vez la suma de CUATROCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL, al Asilo Sociedad Femenina Italiana de Beneficencia, como contribución de la Municipalidad, para la adquisición de material didáctico.