Autorízase la colocación de tres (3) focos de luz eléctrica en la intersección de las calles 11 y 19, 11 entre 19 y Silva (dos cuadras); 11 entre 17 y 19, de la localidad de City Bell.-
Establécese que la explotación publicitaria concedida a la "Financiera Tipográfica S.A." por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1978 - cuyos derechos y obligaciones fueron transferidos por Ordenanza Nº 1983 a "La Plata Radio - Publicidad", tiene carácter exclusivo en el Partido de La Plata y por el término acordado.- Las concesiones por Ordenanzas o convenios actualmente vigentes para efectuar propaganda o publicidad, continuarán hasta la expiración de sus respectivos términos.
Modifícase la distancia de 25 metros establecida por el artículo 4º de la Ordenanza 1271, por la de 40 metros fijada exclusivamente para el estacionamiento de los vehículos del transporte público de pasajeros a los efectos del ascenso y descenso del usuario. En las calles siguientes: 1 y 42, sobre los números impares; 1 y 44 sobre los números impares; diagonal 80 y 1 sobre los números pares y 50 esquina 7 sobre los números impares.-
Autorízase a percibir hasta el día 31 del corriente mes, todos los impuestos o tasas del presente ejercicio y de los anteriores, sin los recargos o multas establecidas por las Ordenanzas Impositivas correspondientes.-
Autorízase a percibir hasta el 30 de setiembre del corriente año, todos los impuestos o tasas del presente ejercicio y de los anteriores, sin los recargos o multas establecidos por las Ordenanzas Impositivas correspondientes.
Incorpórase al punto j) del artículo 10º de la Ordenanza 59 del año 1934 este texto: Las empresas concesionarias otorgarán un pase libre por cada Inspector de la Dirección de Tránsito Municipal, y será valedero para todos los recorridos que las mismas poseen. La cantidad de pases libres a favor de ese personal no excederá a 50.-
Amplíase hasta el 30 de Julio del corriente año el plazo fijado para percibir sin recargos, los derechos que establece el artículo 163 de la Ordenanza General Impositiva - Ley 5626.-
Establécese que la explotación publicitaria concedida a "La Financiera Tipográfica S.A." por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1978, tiene carácter exclusivo en el Partido de La Plata y por todo el término acordado.-