Acéptase la donación efectuada por los Decretos 2758/89 Y 821/91 de los inmuebles denominados catastralmente Circunscripción I, Sección J, Manzana 728, Parcela 4 y 5.
Acéptase la donación efectuada por la Cooperadora del Centro de Salud Ne 27, dependiente de la Secretaría de Acción Social y Cultura, de los elementos que en el Anexo I de la presente se detallan, con destino al establecimiento mencionado.
Condónanse las deudas que en concepto de PATENTE DE RODADOS, registren a la fecha de sanción de la presente Ordenanza, los propietarios de motocicletas fabricadas con anterioridad al año 1961, que se compongan por lo menos en un cchenta y cinco por ciento (85%) de piezas originales o que excepcionalmente a juicio de las autoridades de aplicación puedan ser consideradas como de colección.-
Autorízase a la Casa del Poeta a construir un monumento en homenaje a los mismos, en la Rambla ubicada en Avenida 13 entre 70 y 71, de acuerdo con el Anexo I que forma parte de la presente y de las especificaciones técnicas que determinen las Direcciones de Espacios Verdes y Planeamiento.
Acéptase la donación efectuada por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, de los elementos que a continuación se detallan, con destino a la Dirección de salud dependiente de la Secretaría de Acción Social y Cultura de este Municipios.
Acéptase la donación efectuada por las personas y empresas de los elementos que a continuación se detallan con destino al Centro de Salud N? 25, dependiente de la Secretaria de Acción Social y Cultura de la Municipalidad de La Plata.
Otórgase una reserva de espacio para estacionamiento de Transporte de Valores y Clearing Bancario al Banco Los Tilos SA, Sito en calle 48 N* 639, en una longitud de cinco (5) metros con la modalidad de estacionamiento a 45° frente al citado Organismo.—