Prohíbese la radicación y habilitación de confiterías bailables en el casco urbano de la ciudad de La Plata, radio comprendido entre las avenidas 122, 31, 32 y 72.
Otórguese una reserva de espacio para estacionamiento de una (1) ambulancia, a la Unión Tranviarios Automotor, sito en calle 14 Nº 721 entre 46 y 47, en una longitud de seis (6) metros frente al citado organismo.
Facúltase al D.E. a concertar la concesión de pantallas informativas con los señores, MANUEL RODRIGUEZ, LEON KOTLIK y EFRAIN RODRIGUEZ, con domicilio en la calle 49 Nº 696 de esta ciudad.-
Modíficase en el Calendario Fiscal, artículo 20º de la Ordenanza Impositiva - Apartado XII "Derechos a los Espectáculos Públicos" el primer párrafo quedando redactado de la siguiente forma: "Los derechos previstos en los números 1; 2; 5; y 7 del artículo 14º"
Facúltase al D.E. a concertar la concesión de indicadores de transporte con propaganda, de acuerdo al proyecto Nº1, con la firma Estudios "MERCURY" de propaganda comercial, con domicilio en la calle Avenida Pte. Roque Saenz Peña 615 piso 12, de la ciudad de Buenos Aires.-
Amplíanse en el Presupuesto de Gastos del Banco Municipal de La Plata las siguientes partidas en la suma de AUSTRALES QUIIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL: (se adjunta el detalle de las Partidas)
Amplíanse las siguientes partidas del Presupuesto vigente de la Administración del Mercado Regional de La Plata en la suma de AUSTRALES TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS de acuerdo al siguiente detalle: (se adjunta el detalle de las Partidas)
Denomínase "Cabarets" a los locales donde se realice baile público con intervención de bailarinas de pista, uniformadas o no, empleadas para bailar o alternar con los concurrentes y donde se expenda o no bebidas, se sirva o no comidas.-
Establécese que la parada de la Línea 273, ubicada en Camino General Belgrano y calle 481, en ambos sentidos (La Plata - Buenos Aires y Buenos Aires - La Plata) se traslade a: Camino General Belgrano y Calle Nirvana (480).
Créase la Escuela Municipal de Manejo y Conducción, dependiente de la Secretaría de Gobierno - Dirección de Tránsito -, la que tendrá a su cargo la enseñanza del manejo y conducción de vehículos automotores, a todos aquellos particulares que así lo requieran.