Modifícase el artículo 16º de la Ordenanza nº 3904 Complementaria de Presupuesto, el que quedará redactado de la siguiente manera: (se adjunta el detalle del artículo reformado)
Declárase de utilidad pública, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Pavimentación Nº 4023, las obras de pavimentación y anexos, a realizarse en las calles 40 de 19 a 23; 523 de 7 a 8; 21 de 39 a 41, del Partido de La Plata.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con la Secretaría de Salud de la Nación, por el cual los establecimientos públicos que figuran en el Anexo I, brindarán a los beneficiarios de las Obras Sociales comprendidas en la Ley Nº 22.269, las prestaciones Médico Asistenciales a que se refiere la Resolución Nº 87/87 del 20/10/87 según el Anexo II, formando ambos anexos parte del presente Convenio, que como Anexo I forma parte de la presente.
Exímese de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y libérase del pago de multas, intereses y recargos que pudieran corresponder con relación a la misma tasa por los años 1964 a 1975 inclusive, al inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción III, Sección A, Chacra 14, Manzana 14N, Parcela 16; propiedad del Subcomité de la Unión Cívica Radical de Manuel B. Gonnet.
Modificase el Artículo 3 de la Ordenanza 4699/80, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El costo de las obras será de pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de las parcelas o unidades funcionales beneficiadas por la obra, prorrateándose el mismo por unidad contributiva, considerándose el lote baldío y las sub-parcelas generadas por la Ley de Propiedad Horizontal 13.512 como una unidad contributiva.
Autorízase con carácter precario a la señora Luisa María Tunesi de Abbdi, a construir un quiosco en la rambla de la calle 14 esquina 65, de esta ciudad, destinada a la venta de cigarrillos, caramelos, revistas, diarios etc., con sujeción a lo que establecen las ordenanzas y reglamentaciones vigentes.-