- AR AGMLP CD-or-1989_07432_AAM
- Unidad documental
- 1989-12-21
Part of Concejo Deliberante
Créanse dentro del presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante la cantidad de cuatro (4) cargos de acuerdo al siguiente detalle:
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Part of Concejo Deliberante
Créanse dentro del presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante la cantidad de cuatro (4) cargos de acuerdo al siguiente detalle:
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No se autorizará la venta de bebidas alcohólicas en el horario de 22 a 7 horas en almacenes, rotiserías, supermercados, estaciones de servicio de expendio de combustibles y demas comercios en los que por la naturaleza de su actividad no puedan consumirse las mismas en el ámbito del establecimiento comercial.-
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Autorízase al departamento ejecutivo a incorporar a los sueldos del personal del Mercado Regional de La Plata, la bonificación de AUSTRALES OCHO MIL (A 8.000), aprobado por los articulos 7° y 8° de la ordenanza 7385.-
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Fíjase el sueldo básico para el personal dependiente del departamento ejecutivo - administración central (excluído personal docente)- escalafonado en la Categoria 2 correspondiente al coeficiente 10000 a partir del 1° de Enero de 1990 en la suma de AUSTRALES OCHENTA Y NUEVE MIL (A 89.000,00).-
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Créase en el cálculo de recursos vigente de la administración del mercado Regional La Plata, la siguiente partida:
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Increméntase a partir del 1° de Diciembre de 1989 el sueldo básico del personal dependiente del departamento ejecutivo - administración central (excluido el personal docente)- escalafonado en la categoria 2, correspondiente al coeficiente 1,000 en la suma AUSTRALES TREINTA MIL (A 30.000,00).-
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Establécese el siguiente cuadro tarifario para el servicio de coches taxímetros.
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Convalídanse los decretos dictados por el departamento ejecutivo; N° 22/90 y N° 29/90 de fecha 11 de Enero de 1990, ad referendum del Concejo Deliberante, referente a las tarifas para el servicio de Transporte Público de Pasajeros y Coches Taxímetros.-
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Fíjase el sueldo básico para el personal dependiente del concejo deliberante, comprendido en su planta permanente y personal contratado asimilado al mismo, ecalafonado en la categoria s 15- Nivel 21 correspondiente al modulo 1000 en la suma AUSTRALES OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (A 89.650,00), para el mes de Diciembre de 1989.-
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Fíjase el sueldo básico para el personal dependiente del departamento ejecutivo - administración central (excluído personal docente)- escalafonado en la Categoria 2 correspondiente al coeficiente 1000 en los siguientes importes para cada mes: A partir del 1° de Enero de 1990 en la suma de AUSTRALES CIENTO NUEVE MIL (A 109.000,00). A partir del 1° de Febrero de 1990 en la suma de AUSTRALES CIENTO VEINTICINCO MIL SETESCIENTOS (A 125.700,00).-
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