Autorízase al departamento ejecutivo a enajenar en forma directa y a titulo oneroso, los inmuebles municipales cuyo listado conforma el anexo I que forma parte de la presente, a las personas ocupantes de los mismos.-
Declárase de utilidad pública a los efectos de su pavimentación las calles que a continuación se detallan: 132 de 43 a 44 y de 43 de 131 a 133, según lo previsto en la Ordenanza 7090.-
Acéptase la donación efectuada por el COMITE POLÍTICO DE REFORMA ADMINISTRATIVA, dependiente de la Presidencia de la Nación de un vehículo automotor marca TORINO, patente N° B-769.283, formalizada por resolución N°9 de fecha 9 de Marzo de 1989.-
Autorízase al departamento ejecutivo a suscribir un Convenio con el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo al modelo que se acompaña como Anexo I.-
Modificase el artículo 4° de la Ordenanza 7355 el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 4°.- El órgano ejecutor de tal programa será la Dirección de Acción Social por medio de la División de Capacitación Laboral y Empleo (DCE), que tendrá a su cargo la coordinación general del programa, al igual que el seguimiento, asesoramiento y evaluación de los distintos proyectos que se encaren en el marco del MEP. Las tareas desarrolladas por el órgano ejecutor serán fiscalizadas por dos (2) concejales, designados por el Concejo Deliberante."