Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 5910, elque quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2º.- Los cursos tendrán una duración mínima de un (1) año y máximo de tres (3), acorde a las necesidades y características de cada materia en par ticular.
La Escuela Taller se compondrá de las si guientes áreas:
a) Talleres Literarios (narrativa, poesía, etc.)
b) Talleres de Plástica (dibujo, pintura, fotografía, etc.)
c) Talleres de Medios Audiovisuales (guión, realización cinematográfica, etc.)
d) Talleres de Arte Dramático y Expresión Corporal (teatro, títeres, danza, etc.)
e) Talleres de Expresión Musical (instrumentos, canto, etc.)