Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir la titularidad, en forma definitiva y sin cargo, de la línea telefónica número de abonado 24-9470, registrada a nombre de esta Muncipalidad de La Plata, al Radio Club La Plata.
Amplíase en la suma de AUSTRALES TRES MIL (A 3.000), la partida del Presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante que a continuación se detalla: CAPÍTULO I - CONCEJO DELIBERANTE. SECCIÓN I - EROGACIONES CORRIENTES. SECTOR III - TRANSFERENCIAS CORRIENTES. INCISO I - SUBSIDIOS 3.000
Prorróganse las concesiones del servicio público de transporte colectivo de pasajeros a las empresas: "Autobús Dardo Rocha Sociedad Anónima de Transporte" (Línea 506); "Nueve de Julio Sociedad Anónima de Transporte" (Línea 508); "Línea 18 Sociedad Responsabilidad Limitada" (Línea 518); "Flecha de Oro Sociedad Responsabilidad Limitada" (Línea 520) y Transportes 19 de Noviembre Sociedad Anónima" (Línea 561), a partir de la fecha del vencimiento del plazo acordado en los contratos homologados por Decreto Ordenanza n° 4490/978 y por el término de doce (12) meses.
Amplíanse en la suma de AUSTRALES VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS (A 26 200:-), las partidas del Presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante, que a continuación se detallan (se adjunta el detalle de las partidas)
Apruébase el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata, mediante el cual, el Gobierno de la Provincia, cede a este Municipio por el término de 5 (cinco) años, el uso y goce de los immuebles ocupados por las Unidades Sanitarias citadas en el Decreto N° 10.962/87, que como Anexo I forma parte de la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar un Convenio con la Secretaría de Energía y la Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de acuerdo ál Anexo I que forma parte de la presente.
Acéptase la donación efectuada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de La Plata, por Decreto n° 10.989, de fecha 10 de diciembre de 1987, de un predio ubicado en la localidad de Abasto, designado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección Rural, Parcelas 2487, 2488a, 2488b y 2489, con destino a la radicación de un Sector Industrial Planificado, de acuerdo al Decreto mencionado, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo al modelo que como Anexo I forma parte de la presente, con el objeto de proporcionar los servicios asistenciales inheren tes a la función comunal, a través de los establecimientos bajo su jurisdicción, a los afiliados del I.O.M,A., que se encuentren en condiciones de participar de sus beneficios.
Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir un Convenio con la Universidad Nacional de La Plata, para la creación de un Programa de Trabajo, que contemple el estudio de las necesidades comunales, tanto científicas, económicas, culturales, sociales, tecnológicas y de organización administrativa, según el Acuerdo que como Anexo I, forma parte de la presente.
Créase en el Presupuesto de Gastos vigente del Departamento Ejecutivo, la partida que se detalla a continuación: DEBITO. CAPÍTULO II - DEPARTAMENTO EJECUTIVO. SECCIÓN 1 - EROGACIONES CORRIENTES. SECTOR 2 - INTERESES DE LA DEUDA. INCISO 1 - INTERESES. Part. Ppal. 3 - Intereses Pagados - I.P.S