Otórgase a partir del 1º de Setiembre de 1987, al personal dependiente del Departamento Ejecutivo - Administración Central (excluido el personal docente) y de la Administración del Mercado Regional de La Plata, un "Complemento Transitorio" equivalente al 8,05% del sueldo básico vigente al mes de Setiembre de 1987. Dicho complemento se calculará también sobre las asignaciones correspondientes a graboverificadores, notificación y entrega de recibos e información de nuevos domicilios, enlazador de canes y jornaleros.
Se deja establecido que este nuevo concepto remuneratorio no será computable para el cálculo de ningún otro adicional, complementos, suplementos u horas extras y su liquidación se efectuará conforme con las normas que rigen sobre el particular para el sueldo básico.
Autorízase por la suma de AUSTRALES SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS (A 7.405.200.-), la transferencia de parti- das dentro del Presupuesto de Gastos vigente que a continuación se detallan:
Acéptase la donación ofrecida por el artista plástico Alberto Bruzzone, del cuadro de su autoría titulado "Tercer Derrumbe", óleo de 70 x 105 cms., con destino al Museo Municipal de Bellas Artes.
Amplíase en la suma de AUSTRALES TRECE MIL (A 13.000.—), la Partida del Presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante que a continuación se detalla: SECCION II = EROGACIONES DE CAPITAL SECTOR V = INVERSION FISICA INCISO l - BIENES Part. Ppal. 4 — Vehículos Varios y Embarcaciones 13,000.-
Concédese en forma gratuita por el término de veinte (20) años, un lote de tierra en el Cementerio local, cuya nomenclatura es: Sección 36, Tablón A, Sepultura 1, con destino a guardar los restos del Ex-Concejal Don Oscar Ángel Salvatore
Reubíquese el sistema de paradas de ómnibus en el área de 54 E/ 7 y 8, de acuerdo al siguiente detalle: Línea 273:54 esq. 8 Línea 307:54 esq 10, 54 esqe 8 Línea 520:54 e/ 6 y 7; Dige 79 esq 55 Línea 202: 8 esq. 53, 54 e/6 y 7, Dige 79 esq 55
Prohíbese estacionar en ambas manos sobre la calle 528bis entre 1 y 115, con la siguiente diferencia: 1) Mano par: Días miércoles y sábados. 2) Mano impar: Permanentemente.