ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 5º de la Ordenanza 6249 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 5º.- A partir de la presente los recursos a que hace referencia el Artículo 39, se afectarán en una proporción del 30% a Conservaciones y Reparaciones en el Jardín Zoológico y en un 70% a Obras Menores en el Jardín Zoológico."
ARTICULO 1º.- Amplíase el Crédito Adicional del Presupuesto de Gastos vigente del Concejo Deliberante en la suma de AUSTRALES CIENTO DIEZ MIL (A 110.000,), por transferencia del Departamento Ejecutivo
ARTICULO 1º. Autorízase al Departamento Ejecutivo a conceder en uso, por el término de cinco años, a la Asociación Ayuda al Psicótico, el precio de dominio de la Municipalidad de La Plata, ubicado en calle 128 entre 638 y 639 de la localidad de Villa Elvira, designado catastralmente como: Circ.VII, Secc.Y, Quinta 79, Parcela 1, superficie 7.800 m².
Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a título oneroso a la Señora Beatriz Helena Hrdy de De Lorenzi L.C. 1.751.072, el inmueble propiedad de la Municipalidad de La Plata, ubicado en la calle 37 entre 12 y 13 designado catastralmente como: Circ.J, Sec.G, Manz.557, Parcela 15 con una superficie de 200 m2.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a vender en la suma de Australes Mil Quinientos (A 1.500), a la señora María Carolina Rodriguez el inmueble ubicado en la calle 517 e/3 y 3 bis de La Plata, nomenclaturada catastralmente como circunscripcion III, Seccion A, Chacra 7, Manzana 7 Z, Parcela 32, con una superficie de 317,50 m2.
Las remuneraciones y adicionales de todo el personal del Concejo Deliberante vigentes al 30 de Junio de 1987 se incrementarán a partir del 19 de Julio, del 19 de Agosto y del 19 de Setiembre de 1987, en los porcentajes resultantes de aplicar la suma promedio de las variaciones mensuales que experimenten los índices de precios al consumidor -nivel general y de precios mayoristas no agropecuarios nacional, elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en los meses de Abril, Mayo y Junio de 1987, dividido tres.
Las remuneraciones y adicionales de todo el personal del Concejo Deliberante, vigentes al 31 de Mayo de 1987 se incrementarán a partir del 10 de Junio de 1987 en un seis por ciento (6%).
Las remuneraciones y adicionales de todo el personal del Departamento Ejecutivo (excluido el Personal Docente) y de la Administración del Mercado Regional de La Plata, vigentes al 31 de mayo de 1987, se incrementarán a partir del 10 de Junio de 1987 en un 6% (seis por ciento).
Fíjase en la suma de AUSTRALES UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL (A 1.412.000,-) el Presupuesto de Gastos para el año 1987 del Mercado Regional de La Plata de acuerdo al detalle que se establece en las planillas anexas que se adjuntan en fs, 6 a fs, 25 del expediente Nº 3704, Letra I, Nº 869, Folio 474/87, cuyo resumen es el siguiente: