Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 5666, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a conceder permiso de uso, con carácter precario, a la señora Clara R. de Escobar, del inmueble fiscal denominado catastralmente bajo la siguiente nomenclatura: Circunscripción VI, Sección BB, Manzana 38, Parcela 17"
Establécese un Régimen Especial de Regularización y Facilidades de Pago, para los Contribuyentes, responsables, agentes de retención o percepción, que se presenten a regularizar su situación fiscal en los plazos que a tal efecto fije el Departamento Ejecutivo, con las limitaciones que establece la presente Ordenanza, de las tasas, derechos y contribuciones fijadas por la Ordenanza Fiscal y Ordenanzas Especiales, por las obligaciones fiscales, cuyos vencimientos para el pago se hubieren operado hasta el 31 de diciembre de 1986 inclusive, correspondiente a gravámenes determinados o no recurridos o en estado de ejecución.
Apruébase para el Transporte Colectivo de Pasajeros, Líneas 506, 508, 518, 520 y 561 del Partido de La Plata, la siguiente escala tarifaria: (se adjunta el detalle de la escala tarifaria)
Prohíbese el Tránsito Pesado de Camiones y Omnibus de Media y Larga Distancia, con excepción de los Transportes Escolares y Líneas de Transporte Urbano, en la calle 540 entre las arterías 31 y 132 bis, de la Localidad Manuel B. Gonnet.
Modifícase el artículo 639, inciso a), apartado 2,4) de la Ordenanza Fiscal No_5862, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Que la Valuación Básica Municipal vigente para la exención, no supere los 600 expresados en pesos Ley 18.188, lo que producirá una exención del 100%; superando esta valuación la eximisión se otorgará en un 50%, siempre que el contribuyente reúna los requisitos precedentemente exigidos y hasta una valuación que no exceda los 1.300 expresados en pesos Ley 18.,188".
Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Doctor Arturo Juan Miquel Grimaldi, en nombre y representación de la Sucesión Sicardi, convenio para la ejecución de los trabajos de confección de planos de mensura de calles en la zona conocida como "Villa Garibaldi".
Modifícase el Artículo 59 de la Ordenanza NO 5520, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 5.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, será atendido con las partidas correspondientes al Presupuesto vigente."
ARTICULO 1º.- Dónase una ventana de estructura de hierro y vidrio de 1,50 metros de ancho y 1,60 m de alto con dos paños fijos y dos batientes, valuación A 1, al Jardín de Infantes Nº 924 de Arturo Seguí.