Autorízase a la Empresa de Transporte Automotor 19 de Noviembre C.I.F.I.T.A.S.A., a establecer parada para las unidades de su Ramal "B", en Plaza Italia, entre calle 7 y diagonal 77, lado este.
Rectifíquese el artículo 1º de la Ordenanza 3885, por el siguiente: "Autorízase a la Empresa de Transporte Nueve de Julio S.A (Línea 508), a trasladar el punto terminal de recorrido del Ramal "B" intersección de las calles 9 y 80, a la intersección de las calles 7 y 80.
Fíjanse, a partir del 1º de junio de 1975, los siguientes coeficientes, a los que se aplicarán el número índice a que se refiere el artículo 153 de la Ordenanza 4037, para determinar las remuneraciones correspondientes a los cargos que se mencionan: JUEZ DE PAZ 273. JUEZ DE PAZ suplente 273.
Autorízase al D.E, de conformidad con lo establecido en el artículo 274º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto - Ley 6769/58) a contratar al personal idóneo que estime necesario para realizar una auditoría contable destinada a determinar si durante la vigencia de los contratos firmados con la Empresa Venturino Hnos., referente a la prestación de los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios y Barrido y Limpieza de Calles, Ramblas y Plazas se efectuaron pagos a dicha firma que no estuvieran contemplados en las cláusulas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones que rigieron los actos licitatorios y/o contratos en base a ellos celebrados.
Exímese de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, por los años 1965 a 1974 inclusive, a los bienes identificados catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 44a, Parcelas 6, 7, 8 y 9, Partidas 88183, 88181 y 88212 respectivamente, de propiedad del Centro de Fomento "Villa Elvira".
Amplíase en el Presupuesto de Gastos Vigente del Concejo Deliberante la siguiente Partida: Capítulo I, Inciso 2º Gastos, Apartado (D), Item 1º "Asistencia Social al Personal $100.000.00.
Autorízase al D.E a aceptar la donación efectuada por la firma Aserrradero "La Plata", consistente en siete tirantes de madera destinados a la construcción de dos refugios ubicados en el interior del Cementerio Local.