Autorízase al D.E a aceptar la donación efectuada por parte de la Cooperativa de Agua Potable de Abasto, de los inmuebles ubicados en la calle 209 e/ 522 y 523, cuyos datos catastrales son: Circ. VIII. Secc. A, Manzana. 54, Parcelas 4 y 5, Partidas Nº 158.339 y 158.340, con el fin de ser afectados al funcionamiento de la Casa del Niño de Abasto.
Declárase de Interés Público y objetivo primordial de la Municipalidad de La Plata, la defensa, mejoramiento, ordenamiento, ampliación y recuperación de todos los componentes de los espacios verdes y del arbolado público, del Partido de La Plata.
Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza 8364, el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1º.-Concédase en uso precario a título gratuito al Centro de Jubilados y Pensionados de Barrio Monasterio, Personería Jurídica Nº 11287, sito en la calle 12 bis entre 82 y 83 de esta ciudad, la reserva fiscal cuya designación catastral es IX-A- 69M-2, número de Partida 354340, con el objeto de posibilitar la edificación de su sede social"
Fíjase en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES, el Presupuesto de Gastos del D.E de la Administración Central y Concejo Delibertante para el Ejercicio 1995, de acuerdo al detalle obrante en el Expte. Nº 4061-037177 de fojas 25 a 34 y de fojas 41 a 44, formando parte del mismo las planillas analíticas de Sueldos Individuales, Retribuciones Globales y de Créditos Globales, todo ello de conformidad con el siguiente resumen: (se adjunta el resumen)
Créanse en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL OCHOCIENTOS ($ 140.000), dentro del Presupuesto de Gastos vigente, la partida que a continuación se detalla: (se adjunta el detalle de las partidas)
Establézcase el día 17 de noviembre de 1994 como día de jura de la nueva Constitución de la Provincia de Buenos Aires para el Señor Intendente Municipal y Señores Concejales.
Prohíbese en el Partido de La Plata, el uso de azucareras comunitarias en todos los lugares que se venda café, té y toda otra infusión que por sus características sea necesario azúcar como insumo en ese tipo de recipientes.
Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Contrato suscripto con I.B.M. S.A., celebrado oportunamente en virtud de la Ordenanza 3933, a los efectos de proceder a la implementación del Sistema de Información Catastral, de acuerdo con el Proyecto que como Anexo I, pasa a formar parte de la presente.