Prorróguense por 1 año todos los plazos establecidos por la Ordenanza 11301 y el Decreto Reglamentario 1376/16, respecto a inscripciones y habilitaciones definitivas y provisorias otorgadas a los Espacios Culturales Alternativos.
Impleméntese la “Senda de la diversidad: mismo amor, mismo derecho”, consistente en el pintado de una senda peatonal con los colores que identifican a la comunidad LGBTI.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con el Sr. Nicolás Mansilla, D.N.1.34.199.718, por la suma total de Pesos Siete Mil Ochocientos ($ 7.800,00), en concepto de reparación por los daños ocasionados en el vehículo de su propiedad, dominio NVR 704, marca Ford, tal como surge de los antecedentes técnico-jurídicos obrantes en las actuaciones N% 4061-1015222/16 que sustentan la presente.
Modificase el artículo 43 de la Ordenanza N° 9215; Capítulo V referente al servicio de coches remises, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 43: El titular del dominio del vehículo que se encuentra prestando el servicio de remis sin encontrase el vehículo habilitado, o que encontrándose el vehículo habilitado carezca de la constancia de afectación a una agencia habilitada será sancionado con multa de 200 a 1000 módulos y/o arresto de hasta treinta (30) días.
Constrúyase el Jardín Maternal contemplado en el Anexo de la Licitación Municipal N° 40/2012 del Jardín de Infantes N°14 “Diego Roberto Sappa”, ubicado en las calles 11 y 421 (José Soldati), de la Localidad de Villa Elisa.
Autorizase a la Administración del Mercado Regional de La Plata a ceder un espacio físico al Banco Alimentario de La Plata para recepcionar donaciones de los productos que llegan a dicho establecimiento.
Créase el Registro de "Entrenadores Responsables", con certificado de RCP y Primeros Auxilios, destinado a aquellas personas que realicen actividades físicas en espacios públicos.