- AR AGMLP CD-or-1927_0015_PH
- Unidad documental
- 1927-02-22
Part of Concejo Deliberante
Créanse diez becas de quince pesos moneda nacional mensuales cada una, para los cursos profesionales de la Escuela Normal Nacional de esta ciudad.
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Créanse diez becas de quince pesos moneda nacional mensuales cada una, para los cursos profesionales de la Escuela Normal Nacional de esta ciudad.
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Sustitúyese en el art. 116 de la Ordenanza General de Tráfico "Presidente de la Suprema Corte de Justicia", por "Miembros de la Suprema Corte de Justicia".
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Autorízase al D.E para aceptar la donación de los vecinos, como contribución al cumplimiento de la Ordenanza nº 5 de 1927.
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Las calles de Villa Elisa se clasificarán por números consecutivos para su designación.
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Modifícase la Ordenanza nº 11 de fecha 6 de abril de 1926, la que quedará en la siguiente forma: (se adjunta el detalle de la ordenanza modificada)
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Exonérase del pago de todo impuesto municipal a las propiedades que poseen en esta Ciudad los Clubes Gimnasia y Esgrima, y Estudiantes, en las calles 4-51 a 53, y 1-115 de 55 a 57 respectivamente, mientras se encuentren ocupadas por los mismos.
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Las becas de estudios que acuerda la Municipalidad de La Plata, serán adjudicadas por una comisión presidida por el señor Intendente y compuesta por un Concejal por sorteo, el Director y Vice director o secretario, cuando no haya esta autoridad en el establecimiento.
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Amplíase en Un Mil pesos moneda nacional la suma fijada por la ordenanza nº 3 del corriente año en su artículo 1º,y con igual destino que el fijado en dicho artículo.
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Modifícase el inciso i) del artículo 46 de la Ordenanza 41 de mayo de 6 de 1922, el que queda en la siguiente forma: "Automóviles de alquiler $ 65 moneda nacional".
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Autorízase al D.E para invertir hasta la suma de un mil pesos con destino a una placa conmemorativa en ocasión del primer aniversario del arribo del "Plus Ultra" a nuestro país y cumplimiento del art. 2º) de la ordenanza num. 6 de 1926.
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