Impleméntese un Convenio entre la Municipalidad de La Plata y el C.E.M.A. La Plata (Casa del ex soldado combatiente de Malvinas), en concordancia con la Ordenanza 10260 y sus modificatorias. Dicho Convenio será destinado a solventar los viajes, de carácter humanitario a las Islas Malvinas de aquellas personas que acrediten la calidad de ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas y de seguridad que hayan actuado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el denominado Teatro de Operaciones Malvinas (TOM), o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y civiles que cumplieran funciones en dichos escenarios. En igual sentido este Convenio incluirá a los familiares directos de los caídos en Malvinas: padres, hijos esposas, hermanos, en ese orden de prioridad.
Ratificase el Convenio de Colaboración suscripto el día 5 de septiembre de 2016, entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Fundación Centro de Implementación de Políticas Públicas para la equidad y el crecimiento, el que como Anexo , pasa a formar parte de la presente.
La presente Ordenanza tiene como objetivo promover el consumo responsable de sal por parte de los clientes de restaurantes, confiterías, bares, pizzerías, locales de venta de comidas rápidas y afines del Partido de La Plata, así como también en la producción de panificados, pastas y en la elaboración de alimentos en comedores, hospitales y escuelas, tanto públicos como privados.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación de dos (2) vehículos Marca Renault, Modelo Megane 1.6 Fairway SL 2007, Dominios: GGV 501 y GGV 510, por parte de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, para ser afectados a las tareas de la Secretaría de Espacios Públicos y Gestión Ambiental.
Ratificase el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Institucional suscripto entre la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata, con el objeto de desarrollar tareas en forma conjunta tendientes a garantizar el acceso a la justicia de todos los habitantes, siendo ello un derecho fundamental consagrado institucionalmente, de fecha 17 de noviembre de 2016, cuya copia se adjunta como Anexo I de la presente.
Apruébese el Convenio a suscribir entre la Municipalidad de La Plata y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la ejecución del Programa de Responsabilidad Social compartida ENVION, el que como Anexo
Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con la Sra. Camaño Amanda Esther, D.N.I. 13.916.220, por la suma total de Pesos Veinticuatro Mil trescientos cincuenta ($ 24350), en concepto de reparación por los daños ocasionados en el inmueble de su propiedad, sito en calle 30 N°1242, tal como surge de los antecedentes técnico-jurídicos obrantes en las actuaciones N° 4061- 1026405/17 que sustentan la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con la Sra. Lucia Inés Munafo, D.N.I. 28.570.175 y el Sr. David Ezequiel Ugarte, D.N.I. 92.500.054, por la suma total de Pesos Siete Mil ($ 7000), en concepto de reparación por los daños ocasionados en el vehículo automotor de su propiedad, dominio MWI 486, marca Citroén, tal como surge de los antecedentes técnico-jurídicos obrantes en las actuaciones N° 4061-1023493/17 que sustentan la presente.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar una transacción extrajudicial con el Sr. Martín Julio Vivani, D.N.I. 22.163.772 por la suma total de Pesos Cuatro Mil Ochocientos Quince con Ochenta Centavos ($4.815.80), en concepto de reparación por los daños ocasionados en el vehículo automotor de su propiedad, dominio MBH 114, marca Ford, tal como surge de los antecedentes técnico-jurídicos obrantes en las actuaciones N° 4061-1021482/17 que sustentan la presente.