Mostrando 27042 resultados

Descripción archivística
Imprimir vista previa Ver :

27030 resultados con objetos digitales Muestra los resultados con objetos digitales

Ordenanza n° 4782 de 1980

-Declárase de Utilidad Pública la ejecución de la obra de iluminación a vapor de mercurio de la calle 67 de 120 a 122.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4783 de 1980

La Autorización para la organización, promoción, circulación y venta de rifas y bonos contribució dentro del ámbito del Partido de la Plata será conferida por el Departanento Ejecutivo.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4784 de 1980

-Declárase de Utilidad Pública la ejecución de la obra de extensión de la red de gas natural en la calle 27 entre 60 y 61 -números pares-.-

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4785 de 1980

Acéptanse con cargo a ser afectadas a los gastos y premios originados por campetencias deportivas programadas como par
te de los festejos del Aniversario de la Fundación de la Ciudad de La Pla | ta, las siguientes donaciones:
|AEROLINEAS ARCENTINAS (Agencia La Plata)
CERDA AUTOMOTORES
JOSE CAMPAGNA
BANCO MUNICIPAL DE LA PLATA . 15.000.000
FEDERACION MEDICA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 10.000.000
LABORATORIOS LANGRE $ 2.500.000
CONFITERIA RUBEN E 500.000
BANCO CREDITO PROVINCIAL $ 40.000.000
BANCO DE BERISSO COOPERATIVO LIMITADO - 5.000.000 é TRANSPORTES 9 DE JULIO S.A. 10.000.000 CAPIA S.A. 2.000.000 SESSA HNOS , 5.000.000 S.LA.P, 2.000.000 D'ANGELO PUBLICIDAD “$ 10.000.000

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4786 de 1980

Declárase de Utilidad Pública la ejecución de la obra de extensión de la red de gas natural en la calle 38 entre 115 y 116 -números pares.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4787 de 1980

Autorízase al Departamento Ejecutivo a crear una Sociedad del Estado bajo el régimen de las leyes 20.705 y 19.550, cuyos elementos esenciales resultan del proyecto de Estatuto Social agregado a la presente Ordenanza, y que se denominará: "CENTENARIO PLATENSE S.E.", cuyo domicilio social estará ubicado en la Ciudad y Partido de La Plata.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4788 de 1980

Modifícase el Artículo 12 de la Ordenanza 3001 "Código de Construcciones", el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 12.- Documentación mínima que constituye el expedientillo de obra: El expedientillo de obra está integrado por la documentación citada en el artículo 10, presentada en la siguiente forma:

a) Contrato, por duplicado, destinándose:
Un ejemplar al expedientillo.
Un ejemplar, el original, a remitir al Consejo Profesional de la Ingeniería, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 3º del Decreto Nº 1346 del 5 de febrero de 1958.

b) Solicitud, por duplicado, destinándose un ejemplar, original, al expedientillo; un ejemplar, duplicado, al interesado.

c) Informes, los originales, destinados al expedientillo.

d) Planos y croquis:

PLANOS GENERALES: a) Original destinado al expedientillo: se
irá confeccionado en tela transparente de primera calidad, tonalidad azul celeste o blanco celeste; el dibujo, símbolos y alfanuméricos serán trazados con tinta de dibujo negra indeleble, apta para tela; las firmas y textos manuscritos, serán realizados con la misma tinta indicada.

b) COPIAS:

I) Para las obras indicadas en el Artículo 7º, incisos a), b), h), i), se exigirán cinco copias destinadas:

Un ejemplar al expedientillo. Al dorso de esta copia debe encontrarse el informe de antecedentes (art. 10 inc. c), ap. 3º), la misma no debe ser desglosada del expedientillo en ningún caso.

Los demás ejemplares para el interesado. Uno de ellos debe encontrarse permanentemente en la obra; el resto destinados a los trámites ante las empresas de servicios públicos y reparticiones oficiales.

II) Para las obras indicadas en el artículo 7º, incisos c), d), e), h) i), se exigirán dos copias destinadas a:

Un ejemplar al expedientillo
Un ejemplar al interesado

III) Para los edificios comprendidos en el artículo 389, inc. a) y los edificios destinados a casas de familias colectivas y escritorios indicados en el inciso b) del mencionado artículo y que reunirán Los recaudos exigidos por los artículos 390 y 391, deberá adjuntarse una copia informada por el Cuerpo de Bomberos que detalle la ubicación de los elementos preventivos contra incendio en la construcción proyectada.

PLANOS DE ESTRUCTURA, FUNDACIONES, ESCALERAS, ELECTRICIDAD Y ASCENSORES:
a) Se exigirá original para el expedientillo; será confeccionado en tela o papel vegetal transparente de primera calidad, no menor a 90 grs m/2; el dibujo, símbolos y alfanuméricos serán realizados con tinta de dibujo negro indeleble, apta para papel vegetal; las firmas y textos manuscritos, serán realizados con la misma tela indicada.

b) COPIAS SEGUN EL SIGUIENTE DETALLE:

I) Planos de estructuras y fundaciones: Se exigirán dos copias destinadas:
Un ejemplar, al expedientillo
Un ejemplar, al interesado

II) Planos de escaleras: Se exigirá el original o una copia destinada al expedientillo.

III) Planos de detalles: Se exigirá una copia destinada al expedientillo.

IV) Planos de instalación eléctrica y ascensores:
Copia al expedientillo
Una copia al interesado
Si la instalación está encuadrada en lo establecido en el artículo 10, inciso d) (sin fin), se presentarán tres copias.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4789 de 1980

Declárase de utilidad pública y pago obligatorio la ampliación de la obra denominada "LA PLATA 120" de pavimentación, que corresponde a las siguientes calles: 29 entre 54 y 57, 29 entre 62 y 66, 24 entre 70 y 71, 71 entre 23 y 24m 115 bis ente 32 y 33 bocacalles de 29 y 56, 29 y 64 y 24 y 71, 48 entre 28 y 31 y 511 entre Camino General Belgrano y Camino Parque Centenario.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4790 de 1980

Autorízase a la firma SERVILEC S.R.L., por hallarse encuadrada dentro de los términos del artículo 3° de la Ordenanza del 18 de julio de 1979, a iniciar las tramitaciones municipales correspondientes, ante esa Comuna para la ejecución del proyecto relacionado con la radicación de una planta industrial ubicada en jurisdicción de ese Partido.

Concejo Deliberante

Ordenanza n° 4791 de 1980

Autorízase, con carácter de excepción, el trán-
------------- sito de camiones y maquinarías afectadas a- las
obras de construcción del Teatro Argentino de La Plata, por
el recorrido y con las precauciones y características que seguidamente se detallan:
a) El ingreso desde la zona suburbana '
de la ciudad hasta el lugar de las obras se hará por calle e
por ésta hasta calle 10, por éstas hasta calle 7£, por ésta
hasta calle 11 y por ésta hasta calle 53 y por ésta hasta el
lugar de las obras; el egreso hacia la zona suburbana se efectuará por calle 10 hasta calle 72.
b) Fuera del indicado casco urbano de
la ciudad, el tránsito de los vehículos citados deberá efectuarse por las Avenidas 72, 122, 32 entre 120 y 122,. 120 entre
32 y 520, 520 entre 120 y Distribuiídor Pedro Benoit o en las
rutas nacionales o provinciales aptas para tránsito pesado.
c) Los camiones que circulen por el
indicado recorrído deberán respetar las siguientes condiciones:
1) Carga máxima por eje, hasta 10.000 Kg.
2) Distancia mínima entre ejes para ser considerados como
separados: 1.20 m.
d) Máquinas con rueda a oruga, además
de las condiciones establecidas para los camiones, deberán -
circular dotadas de zapatas de goma; en caso contrario deberán hacerlo transportadas sobre carretones.

Concejo Deliberante

Resultados 311 a 320 de 27042