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Ordenanza nº 10141 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra M 64/01, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10142 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra C 128/03, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10143 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra D 53/03, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10144 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra M 104/03, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10145 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra P 01/00, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10146 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra A 74/03, según lo previsto en el Artículo 8* de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10147 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra F - 06/94, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10148 de 2006

Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra F-31/04, según lo previsto en el Artículo 8 de la Ordenanza 9509.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10149 de 2006

Declaráse como Patrimonio Histórico Cultural, el busto de José Ignacio
RUCCI y autorízase a emplazarlo en la rambla de la Avenida 51 entre 3 y 4, frente al
inmueble de la sede original de la Confederación General del Trabajo Regional La Plata.

Concejo Deliberante

Ordenanza nº 10150 de 2006

Modifícase el Artículo 169 de la Ordenanza N 6147
el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 169.- PRIORIDAD DE PASO - ROTONDA: En una
rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida, sin detenciones
y dejando la zona central no transitable a la izquierda. Tiene prioridad de
paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla
al que egresa. El que no respetare la prioridad de paso será sancionado
con una multa de 4 a 10 módulos”.

Concejo Deliberante

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