- AR AGMLP CD-or-2006_10111_RDP
- Unidad documental
- 29/6/2006
Part of Concejo Deliberante
Otórgase prórroga para los vencimientos de las
habilitaciones de los vehículos afectados al servicio de Taxis,
según detalle del siguiente cuadro:
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Otórgase prórroga para los vencimientos de las
habilitaciones de los vehículos afectados al servicio de Taxis,
según detalle del siguiente cuadro:
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Créase el Programa “Poda más apagado cero igual Mayor Seguridad” a cargo
del área de Política Ambiental Municipal.
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Permitase el estacionamiento sobre mano ascendente (sentido NE-SO)
en la calle 489 entre Camino General Belgrano y calle 133.
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Sustitúyase el Inciso b) del Artículo 6 de la Ordenanza N 4455/78, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
“Inciso b): Características
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Apruébanse las actuaciones obrantes en el Expedientillo de Obra F-85/00,
según lo previsto en el Artículo 8° de la Ordenanza 9509.
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Declárase de Interés Municipal, el espectáculo infantil “Colorín y Sus
Muñecos”, que se realizará el día 20 de agosto de 2006, organizado por la
Productora Sonrisas Argentinas.
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Autorízase a la Señora Bordet Claudia a la colocación de defensas contra
impactos vehiculares en la esquina de las calles 47 y 3.
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Autorízase al Departamento Ejecutivo, a ceder al Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Buenos Aires la parcela identificada
catastralmente como: Circunscripción III, Chacra 235, Sección E, Parcela 1i, según plano
Anexo de la presente.
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Confórmase la Comisión Especial de Evaluación y Aplicación de
Políticas Públicas sobre Niñez y Adolescencia.
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Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de las obras
de gas a ejecutarse en la localidad de Arturo Seguí, consistente en la
construcción de un ramal de alimentación proveniente de Autovía 2 a la altura del Km. 44.100,
con su correspondiente estación de medición, ampliación de la red de distribución de gas
natural existente y su conexión por medio de una estación reguladora de presión, de acuerdo al
proyecto elaborado por Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA).
Apruébase el sistema de Contribución por Mejoras para la cancelación, de su
costo por parte de los vecinos beneficiarios, para lo cual el Municipio emitirá Certificados de
Deuda para cada contribuyente y comenzará a percibir el tributo en cuestión, a partir de la
habilitación de las obras en cada localidad.
El costo de las obras que se ejecuten, así como también el proyecto, la
dirección técnica, los accesorios para su funcionamiento, los trabajos complementarios y/o las
redeterminaciones de precios que pudieran corresponder, serán de pago obligatorio para los
propietarios o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados, con los alcances
dispuesto en los Artículos 35%, 36%, 409, 41%, 425 y 43* de la Ordenanza 165.
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