Acéptase la donación ofrecida por la Empresa National Panasonic S.A., consistente en 3 relojes solares que han sido instalados en las calles: 13 y 32, 1 esq. 60 y 10 n° 1084 de esta ciudad.
Dónase al Ejército Argentino Agr. Com. Op.Electron. 601 los bienes muebles que a continuación se detallan: Una (1) mesa ratona -0,45 x 1 m.- Un (1) espejo con marco acrílico -0,70 x 73 cm- Un (1) Puf cuerina marrón -0,67 x 0,67 m- Dos (2) sillones tapizados cuerina- Una (1) mesa madera color oscura -0,70 x 0,70- Una (1) mesa grande -2,80 x 1,70-
Acéptanse las donaciones, cuyo detalle obra a fs. 2 del Expediente n°50.400/80, el cual pasa a formar parte integrante de la presente norma como Anexo I.-RetryClaude can make mistakes. Please double-check responses.
Establécese a partir del día 15 de mayo de 1981, el estacionamiento medido para vehículos, de lunes a viernes entre las 7.00 y 19.00 horas, y los sábados entre las 9.00 y 12.00 horas, a excepción de los feriados nacionales y días no laborables, en la calle 59 desde su intersección con la calle 11 hasta su intersección con la avenida 13.-
Autorízase la compra del inmueble sito en la calle 10 nº 727/741 entre las de 46 y 47 de la ciudad de La Plata, denominado Teatro "Coliseo Podestá", edificado en el lote de terreno designado en plano 55-1503-54 como Lote CINCO c. de la Manzana U, Sección Cuarta e identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circ. I, Sec. H, Manzana 619, Parcela 5 c, y con las medidas, superficies, linderos y demás circunstancias que resultan del referido plano.
Prorrógase por el término de 60 días el vencimiento del plazo fijado en el artículo 9º de la Ordenanza 4720 a efectos de incorporar las construcciones realizadas sin permiso y/o autorización municipal.
A efectos de la aplicación de la presente Ordenanza se considera Club de Campo a todo complejo recreativo-residencial creado y/o con certificado de factibilidad, con arreglo a las disposiciones de los artículos 64°, 65°, 66° y 67° de la Ley 8912/77, a los contenidos de la Ordenanza 4495/78 que rigen en la materia, así como a las pautas de diseño y tramitación formuladas por la Comuna de La Plata para el tratamiento de dichos complejos.-
Prohíbese la construcción de espacios para estacionamiento bajo cualquiera de sus formas en todas las parcelas frentistas a las siguientes calles: 6 desde 45 hasta 50 7 desde 45 hasta 50 8 desde 45 hasta 50 45 desde 5 hasta 9 46 desde 5 hasta 9 47 desde 5 hasta 9 48 desde 5 hasta 9 49 desde 5 hasta 9 50 desde 5 hasta 9 Diag.80 desde 5 hasta 6RetryClaude can make mistakes. Please double-check responses.